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Publicado: Martes 15 de noviembre de 2022 a las 04:00 hrs.
Señora Directora:
Con la dictación de la Ley 21.420, a contar del 1º de enero de 2023 todos los servicios prestados o utilizados en Chile se encontrarán afectos al IVA, se mantienen exentas, entre otras, las actividades educativas, de transporte de pasajeros, y se agregan los servicios médicos ambulatorios.
Con el fin de que esta modificación no afecte las asesorías y servicios profesionales, la misma ley brindó una salida estableciendo una exención para los servicios cuando son prestados por una sociedad de profesionales.
La Circular N° 50 del SII de 27 de octubre despeja incertidumbres hasta cierto punto, pero en cuanto a otros asuntos, genera retrocesos. Este es el caso de las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL), las cuales están en la línea de lo que la Circular 50 establece y perfectamente pueden cumplir el requisito del objeto exclusivo de prestación de servicios o asesorías profesionales, su constituyente trabajar efectivamente en la empresa, y que su trabajo predomine sobre el capital aportado.
Pese a esto, el proyecto de reforma tributaria, recientemente ingresado al Congreso (Boletín 15170-05), no incluye a las EIRL, aunque esta estructura sea perfectamente apta para prestar servicios y asesorías profesionales, que son los servicios que la ley busca amparar con la exención.
Alicia Bobadilla Pinto y Paola Lira Valdés
Domínguez y Cía.
El director ejecutivo del Instituto de Tecnologías Limpias dijo que este año iniciarán la construcción de una hoja de ruta y en 2026 proyectan tener los primeros desarrollos.
Acorde a datos de la Dipres, la mayor baja se produjo en las subsecretarías y servicios públicos, así como en los servicios de salud, mientras que aumentó en los organismos autónomos, Gobiernos Regionales y los SLEP.
El gerente general de la farmacéutica en Chile argumenta que, ante el envejecimiento de la población, debe haber un cambio de paradigma hacia una lógica de prevenir las enfermedades, más que solo curarlas.