Cartas

¿Y si en verdad aplicamos las normas laborales?

Por: | Publicado: Lunes 14 de noviembre de 2022 a las 04:00 hrs.
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Señora Directora:

Casi 15 años han pasado desde que entró en vigor la Ley de Subcontratación, y una de sus normas –que venía a cambiar el escenario en su momento– sigue sin implementarse, perjudicando a trabajadoras/es en régimen de subcontratación, especialmente a quienes se desempeñan en el mismo giro de la empresa principal.

Se trata de la norma que considera como empleador a la empresa principal cuando, en los hechos, no se cumplen los requisitos para configurar la subcontratación. Ciertamente, el mayor mérito de ésta se materializa durante la vigencia de la relación laboral, pues adquiere un efecto multiplicador sobre todo el personal subcontratado; en cambio, al aplicarla tras el término del contrato, su efecto se reduce al pago de indemnizaciones.

Esta ineficacia en la aplicación de la norma hace 15 años no obedece a una disposición legal, sino a una decisión de la Dirección del Trabajo mantenida hasta hoy. Misma suerte corre la norma que castiga la vulneración del fuero sindical, multa que dicha entidad tampoco cursa desde hace varios años.

Ambas situaciones obstaculizan el respeto a derechos fundamentales (respectivamente, el derecho al trabajo y a la libertad sindical), cuyo respeto y fomento es obligación del Estado de Chile según normas internacionales del trabajo.

César Toledo Corsi y Javiera Aravena Araneda

Profesores Derecho del Trabajo, Facultad de Derecho UDP

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