La derogación del DL 600 ¿genera oportunidades?
Alvaro Jana Ex DirecON, Socio de Bofill Mir & Alvarez Jana Abogados
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En una columna reciente publicada en este mismo medio, los actuales vicepresidente ejecutivo del CIE y director general de Direcon argumentan que aquellos que hablan del impacto negativo que la derogación del DL 600 tendría en la percepción de los inversionistas extranjeros “…olvidan que la política comercial de apertura de nuestro país incluye regulaciones en materia de inversiones, que le otorgan al empresario extranjero un marco de primer nivel de certeza jurídica para desarrollar sus negocios en Chile, más allá de la existencia de un contrato con el Estado al amparo…” de este instrumento. También reiteran que esto genera una oportunidad para establecer una nueva política de atracción de inversiones. Me parece que se equivocan.
La existencia del DL 600 no es antagónica a las regulaciones sobre inversiones de nuestros acuerdos comerciales. Por ser un régimen especial y voluntario, como país siempre hemos negociado una reserva en los acuerdos comerciales para preservarlo como opción y en general para para tener regímenes especiales de inversión extranjera, sin perjuicio de las regulaciones del capítulo de inversiones. Asimismo, aun cuando estas regulaciones no se apliquen al DL 600 como tal (por ser un régimen voluntario), éstas sí se aplican plenamente a la inversión materializada bajo su amparo. En consecuencia, plantear su derogación inevitablemente impacta negativamente la percepción de los inversionistas extranjeros porque el DL 600 también forma parte del marco de certeza jurídica de primer nivel otorgado por nuestra política de apertura comercial y, por tanto, por nuestra institucionalidad.
Acerca de la oportunidad para establecer una nueva estrategia de atracción de inversiones, la derogación del DL 600 no era condición necesaria para hacerlo. Se ha comenzado por el final. Lo prudente habría sido primero debatir y consensuar la estrategia y luego, ver cómo ajustar el DL 600 si había mérito para ello. De hecho, el haberse planteado una derogación y no su modificación refleja fielmente la actual falta de proposiciones sobre el nuevo modelo en que se está pensando. Esto tampoco contribuye a la percepción del inversionista extranjero.
Por último, cuidado con cuestionar la eficiencia del DL 600 en función de que actualmente solo explica un 30% de la inversión extranjera. Que casi un tercio de la inversión extranjera siga materializándose a través de este régimen es objetivamente un volumen relevante. Además, tengamos en cuenta la calidad de la inversión. A propósito de la entrada en vigor del Acuerdo de Inversiones entre Chile y China en abril de este año, la Direcon destacó que 2013 registraba la cifra más alta de solicitudes de inversión hechas al CIE por empresas chinas y que la gran mayoría de estas inversiones autorizadas vía el DL 600 habían sido hechas en el sector electricidad, agua y gas para la instalación de una planta de paneles fotovoltaicos en el norte de Chile. Es decir, en un proyecto de energías renovables no convencionales.