Suprema falla a favor de Jean Jano en disputa con su primo Jack Mosa: no hubo injurias ni calumnias
Jean Jano había acusado en la prensa de que el mall que los Mosa construyeron a unos metros del suyo se hizo con firmas falsificadas.
Por: Equipo DF MAS
Publicado: Viernes 25 de julio de 2025 a las 09:00 hrs.
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Un nuevo capítulo de la larga saga de disputas judiciales entre los primos Jean Jano y Jack Mosa por la construcción de centros comerciales en Valdivia se escribió este mes. El caso partió en 2014, cuando Mosa, a través de su empresa Pasmar, quiso instalar un mall a metros de Plaza de Los Ríos, de los Jano, quienes judicializaron el proceso y acusaron, entre otras cosas, que había firmas falsas en la obtención de permisos de los Mosa. El dueño de Pasmar contraatacó y ganó una demanda por competencia desleal contra Jano.
Sin embargo, había una causa por injurias y calumnias que este mes la Corte Suprema zanjó al fallar a favor de Jano y rechazar la nulidad planteada por Mosa contra el fallo de primera instancia que absolvió de injurias y calumnias a Jano, quien había acusado en la prensa que el mall que los Mosa se hizo con firmas falsificadas.
“Se confirma el fallo absolutorio, ya que la información que entregó Jean Jano a la opinión pública es verdadera, en cuanto se acreditó que el permiso de edificación N° 202 del Mall Paseo Valdivia presentado ante la DOM de Valdivia por la empresa Pasmar -que preside Jack Mosa- es falso y contiene firmas falsas, y en virtud de esta información acreditada en juicio, es que el juez de primera instancia absolvió al señor Jano porque él probó sus dichos y actuó en defensa de un interés público real que el Tribunal estimó existía, ya que en cuanto a los hechos el permiso de edificación del proyecto contenía firmas falsas de los ingenieros, lo que fue reconocido por uno de ellos ante la DOM de dicha ciudad y acreditado en peritaje policial”, asegura el abogado de Jano, Jorge Martínez.
Por su parte, Ignacio Ried, abogado de Jack Mosa en esta causa, apuntó que “acatamos este fallo que establece, únicamente, que las expresiones en cuestión no configuran delito de injurias. Sin embargo, ello no significa que se reconozca veracidad o legitimidad a dichos planteamientos. Es importante recordar que fue la misma Corte Suprema la que, en una causa distinta, condenó al Grupo Jano por actos de competencia desleal en contra del Grupo Pasmar, ejecutados mediante acciones administrativas y judiciales -a través de sí o terceros-, que retrasaron en al menos dos años la entrada en funcionamiento de Mall Paseo Valdivia”.
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