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Publicado: Jueves 18 de octubre de 2018 a las 04:00 hrs.
Esto significa que tributación entre un mismo tipo de contribuyentes -a igual ingreso- sea la misma, independiente de si perciben rentas del trabajo (sueldos) o del capital (dividendos por participaciones en sociedades).
El concepto es utilizado a menudo por el Ministerio de Hacienda a la hora de abordar la integración del sistema tributario. Lo que busca la propuesta de modernización del gobierno es retomar la equidad horizontal.
La reforma tributaria del 2014 estableció que el sistema sería parcialmente integrado. Esto significa que el socio de una empresa podrá descontar en su impuesto final solo hasta el 65% de lo pagado por su empresa, en el caso de tributar en el régimen parcialmente integrado.
Aquello implica que se genera una inequidad horizontal, ya que dos contribuyentes con un mismo nivel de ingresos pagarán una tasa final distinta. La persona que percibe rentas del trabajo pagará una tasa de hasta 35%, mientras que el socio de una compañía -debido a la integración parcial- tributará con una tasa de hasta 44,45%. Esto, a pesar de que ganen lo mismo.
La reforma tributaria propuesta por el gobierno retoma la integración total del impuesto personal con el de la empresa, con lo que se busca que ambas personas tributen con la misma tasa en caso de que perciban el mismo nivel de renta, independiente de si son trabajadores o empresarios.
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