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Repatriación de capitales y FUT histórico copan las inquietudes de los clientes de auditoras y abogados

En el mercado advierten que estos temas son los más delicados a tratar tras los cambios y creen que podrían poner en riesgo la recaudación. Coexistencia entre sistemas y gravámenes a bienes raíces también inquietan a los privados.

Por: Sebastián Valdenegro Toro | Publicado: Jueves 25 de septiembre de 2014 a las 05:00 hrs.
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La reforma tributaria está a días de promulgarse como ley de la República. Y la inminencia de la publicación legal de los cambios impositivos no sólo tiene al gobierno ad portas de un momento histórico, sino al mercado literalmente “de cabeza” analizando las principales implicancias del mayor cambio al sistema impositivo local desde el retorno a la democracia.

En este contexto, los requerimientos de parte de los clientes se han acentuado en las oficinas de las auditoras y los estudios de abogados expertos en la materia, donde hay dos puntos en particular que se repiten: las dudas sobre acogerse a la ventana transitoria para regularizar los capitales en el extranjero y el beneficio para hacer retiros desde el FUT histórico. Justamente, ambos temas comienzan a regir el próximo año.

En aquello coinciden las auditoras Deloitte, PwC y KPMG, además de los estudios de abogados Brent Abogados, Guerrero Olivos, Aguayo, Ecclefield & Martínez, y Pérez Donoso.

Entre los expertos de dichas consultoras también reconocen que la coexistencia de los sistemas parcialmente integrado y de renta atribuida también han copado las consultas de los clientes, al igual que la nueva manera de tributar de las ganancias de capital de los bienes raíces.

En el mercado coinciden que los dos temas más delicados a tratar con los clientes son la repatriación de capitales y la posibilidad de realizar retiros desde el FUT histórico.

Es que la posibilidad de filtración de la información de los contribuyentes que se acojan a la primera medida, junto con el nulo incentivo a “descongelar” el FUT acumulado en el caso de la segunda, pondría en peligro la recaudación en ambos tópicos, la cual -según el informe financiero de la reforma- bordearía los US$ 120 millones.

“No está para nada asegurada la recaudación en ambos casos. Los incentivos son muy menores”, dicen desde un estudio de la plaza. 
El socio de Guerrero Olivos, Sebastián Guerrero, señala que ve “mucha gente interesada” en conocer el régimen para regularizar los dineros, pero el hecho de que se levante el secreto bancario genera algo de “ruido” entre los contribuyentes. “Eso sí, mi recomendación es que hay que transparentar las rentas que hay en el exterior. La tendencia mundial apunta en esa dirección”, dice.

Para el abogado de Brent Abogados, Pedro Troncoso, la posibilidad de que los contribuyentes se acojan a algunos de esos regímenes transitorios dependerá de las circulares que emita el Servicio de Impuestos Internos (SII), lo que dará mayor “certeza” a quienes busquen acogerse.

“La fórmula para acogerse al FUT histórico no es atractiva, ya que al final no genera un incentivo para sacar las platas del registro. Eso sí, recomiendo la repatriación”, argumenta.

Para el socio de PwC, Didier Lara, la conveniencia de la repatriación dependerá de las circulares del SII: “Dada su exposición mediática, la conveniencia no se debe medir solo desde un punto de vista impositivo. La definición de las condiciones serían evaluadas una vez que el SII imparta las instrucciones respectivas para su aplicación”.

El retiro de los montos en el FUT histórico pagará una tasa especial de 32% menos los créditos acumulados, mientras que la regularización de capitales en el extranjero se gravará con 8%.

El socio de Aguayo, Ecclefield & Martínez, Felipe Ecclefield, también recomienda acogerse a la repatriación voluntaria, aunque reconoce que el levantamiento del secreto bancario provoca “miedo” entre los clientes. “Hay inquietud respecto a qué hará Impuestos Internos con la información. En principio, somos de la idea de acogerse, pero determinando bien los orígenes de los dineros”, dice, acotando que para el caso del FUT histórico, no ve atractivas las condiciones, por lo que advierte que es mejor esperar las circulares del SII.

“Veo complicado que se recaude todo lo esperado en el FUT histórico”, argumenta.

Las otras inquietudes


La coexistencia de los dos citados sistemas tributarios también ha levantado dudas entre los clientes.

El protocolo de acuerdo firmado entre el gobierno y la oposición establece la existencia de dos sistemas: el de integración parcial, donde los contribuyentes pagarán con Impuesto Global Complementario o adicional los retiros desde la empresa, con una tasa del 27% (y una tasa final que llegaría a 44,45%); y el de renta atribuida, que tendrá una tasa de 25%, pero donde los socios deberán tributar por sus utilidades independiente de que las hayan retirado de la sociedad.

“Ha habido mucha inquietud sobre si elegir el sistema semi integrado o el de renta atribuida. Nuestra recomendación está a la espera de la promulgación de la ley y la publicación de las circulares del SII“, señala Magdalena Brzovic, abogada asociada de Pérez Donoso.

Para el socio de Tax & Legal de KPMG, Francisco Lyon, este punto es la “principal” duda en el mercado. “Hay un primer foco de atención de los clientes, sobre todo de las empresas más grandes, ya que tienen que tomar la decisión a fines de 2016. Por lo pronto, ya deben proyectarse pues tienen que calcular sus impuestos diferidos este año. Hay dudas sobre si deben reconocer un 25% o un 27%, lo que afecta su decisión de acogerse a uno u otro régimen”, explica. 
Similar opinión tiene el socio de Tax & Legal de Deloitte, Hugo Hurtado.

“Hay muchas sociedades que tienen cadenas, con varios holding. Entonces, es súper complejo porque se debe determinar cuál sistema le conviene a cada una de las sociedades que componen la cadena de control. Con todo eso, hay que determinar la tasa final de impuesto”, señala.

A este punto se le agrega el nuevo régimen de tributación para los bienes raíces.

A partir de enero de 2017, las ganancias de capital para la enajenación de bienes raíces sobre UF 8.000 deberán tributar con el Impuesto Global Complementario o una tasa sustitutiva del 10%, según lo elija el contribuyente.

“Ha habido muchas preguntas sobre cómo deberán tributar los inmuebles y a partir de qué plazos”, asegura Guerrero.

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