SNA critica paso al Senado de proyecto para indemnizar trabajadores por obra
Por: Equipo DF
Publicado: Miércoles 16 de diciembre de 2015 a las 04:00 hrs.
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Un duro rechazo desde la vereda empresarial generó ayer el despacho al Senado del proyecto laboral que permite la indemnización a los trabajadores con contrato por obra o faena equivalente a la remuneración de 2,5 días por cada mes trabajado.
Precisamente, la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA), una de las ramas que más utiliza este tipo de relaciones contractuales, salió de inmediato a cuestionar la aprobación en la Cámara de Diputados del articulado. Según aseguró su presidente, Patricio Crespo, los fundamentos del texto y la propuesta son “profundamente equivocados”.
“Lamentamos que la Cámara de Diputados no haya considerado al sector agrícola en la tramitación de un proyecto de ley que establece una indemnización por el término natural del contrato por obra o faena, que tendrá gravísimos efectos en el agro, uno de los sectores que da empleo a más trabajadores en el país”, lanzó Crespo.
Agregó que en el caso de la agricultura, la utilización de este tipo de contratos, con una duración tan corta como la obra o faena, obedece a razones productivas que se basan en la dependencia de esta actividad a las leyes de la naturaleza.
Por esta razón, a juicio del dirigente, el articulado “atenta contra la razón de ser de la institución de la indemnización por años de servicio en materia laboral, agregando al mismo tiempo un nuevo costo a la contratación de mano de obra, lo que es otro duro golpe contra la agricultura”.
El texto en cuestión corresponde a una moción presentada por los diputados Lautaro Carmona (PC), Marcos Espinosa (PRSD), Giorgio Jackson (Ind), Tucapel Jiménez (PPD), Daniel Núñez (PC), Marcelo Schilling (PS), Guillermo Teillier (PC), entre otros.
Según indican los legisladores, el contrato por obra o faena se enmarca en el fenómeno de la precarización del trabajo donde los trabajadores están en situación de desprotección y vulnerabilidad que se manifiesta, por ejemplo, “en la no procedencia de una reparación equivalente a la indemnización por años de servicio”.
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