Los contribuyentes ya se preparan para que el SII acceda a los saldos en sus cuentas superiores a 1.500 UF
En el Congreso avanza con rapidez la moción que busca obligar a los bancos e instituciones financieras a informar al regulador los movimientos por sobre dicho límite. Hacienda respalda el proyecto como parte de su agenda para reducir la evasión y la elusión.
Por: Sebastián Valdenegro
Publicado: Jueves 7 de abril de 2022 a las 04:00 hrs.
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Uno de los proyectos clave en la agenda del Ejecutivo para reducir la evasión y elusión tributaria, es la moción parlamentaria que obliga a bancos e instituciones financieras a informar al Servicio de Impuestos Internos (SII) los saldos y las sumas de abonos en cuentas iguales o superiores a 1.500 UF ($ 47,6 millones aproximadamente).
Esto cuando se registren movimientos diarios, semanales o mensuales equivalentes al citado monto. Además, se debe informar al fiscalizador el RUT del titular o titulares de la cuenta, el controlador del titular y el beneficiario efectivo cuando corresponda.
Ya en su segundo trámite constitucional, el texto pasa a Sala y lo más probable es que vuelva a la Cámara Alta para un tercer trámite.
El texto, ingresado a trámite por los senadores José Miguel Insulza y Ricardo Lagos Weber, y los exparlamentarios Jorge Pizarro y Carlos Montes, registró un hito clave el martes al ser aprobado en particular en la comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados.
Ya en su segundo trámite constitucional, el texto pasa a Sala y lo más probable es que vuelva a la Cámara Alta para un tercer trámite.
“Este es un avance relevante, se trata de un buen punto de partida que va en línea con nuestra agenda anti evasión/anti elusión -que contribuirá a la recaudación que busca nuestro programa en el marco de la reforma tributaria-, la que incluye la aplicación administrativa de la norma anti elusión, la creación de un registro de beneficiarios finales y una batería de medidas administrativas y legales que buscan fortalecer el SII”, detalla la subsecretaria de Hacienda, Claudia Sanhueza, quien espera que la norma sea ley “lo más pronto posible”.
Una realidad
Entre las auditoras y estudios de abogados ya asumen como una realidad la materialización de este proyecto en ley, por lo que ya han comenzado a entregar asesoría a sus clientes.
La socia de Tax & Legal de KPMG Chile, Javiera Suazo, explica que el tema ha ido ganando notoriedad entre los clientes una vez que el nuevo gobierno anunció que apoyaría su tramitación.
“Sin duda es un tema que tendrán que revisar las fiscalías de los bancos e instituciones financieras. Recordemos que la ABIF participó en la discusión en la comisión de Hacienda del Senado y sostuvo que, en su opinión, el proyecto de ley contraviene los principios y normas de entrega de información sujeta a secreto o reserva bancaria. Por supuesto que estas entidades no pueden contravenir las obligaciones que la ley les impone, por lo tanto, es un tema no menor que debe resolverse para la implementación de este proyecto”, fundamenta.
El socio de Tax & Legal de BDO, Cristián Vargas, comenta que ha habido “consultas” sobre el proyecto de ley, su alcance y “si implica o no el término del secreto bancario”.
“Considerando que el objetivo declarado es tratar de evitar el lavado de dinero y la evasión fiscal, me parece que el proyecto presenta deficiencias porque, para eludir sus normas, así como está redactado, bastaría que una persona tenga cuentas en distintas instituciones financieras y que, en ninguna de estas instituciones, separadamente, se registre un saldo o suma de abonos efectuados igual o superior a 1.500 UF”, advierte.
Astrid Schudeck, senior manager de Tax & Legal de PwC Chile, percibe una “creciente preocupación” de algunos contribuyentes por la “amplitud” de la autorización para acceder a los saldos bancarios.
“Si bien la limitación al secreto bancario ha sido recomendada por la OCDE, la amplitud de las facultades para requerir información sobre cuentas bancarias que se proponen en el proyecto presenta reparos de constitucionalidad por violar las garantías de privacidad y protección de datos personales. Como consecuencia de ello, el acceso a la información bancaria por parte de la autoridad tributaria debe ser limitado a aquellos casos en que existe un interés legítimo”, postula.
Tratamiento de la información
Con todo lo que está sucediendo en materia económica, tributaria y política en general, este proyecto ha pasado relativamente desapercibido, señala el socio adjunto de impuestos de EY Chile, Víctor Fenner.
“Sin embargo, sí hemos visto un aumento en las consultas, sobre todo en lo relativo a las herramientas de la que dispondrán los contribuyentes para prevenir o defenderse de errores o abusos de parte de las autoridades en el manejo de la información. La primera pregunta es si los sistemas y protocolos de seguridad internos de las diversas instituciones podrán adaptarse de forma ágil a las exigencias de la nueva regulación”, recalca.
Una visión más positiva tiene el director de Tax & Legal de Deloitte, Pablo Quezada, para quien el proyecto “va en la línea correcta”, ya que establece una obligación que ya existe en varios países de la OCDE. “La aprobación de este proyecto de ley permitirá a nuestro país aplicar las mejores prácticas internacionales en materia de entrega de información bancaria y financiera de los contribuyentes”.
El proyecto y su alcance no han sido suficientemente difundidos, advierte el CEO y managing partner de Grant Thornton Chile, Carlos Muñoz, por lo que percibe un “desconocimiento” de los verdaderos alcances de esta norma. “La que a nuestro juicio pareciera ser inocua, pero traerá profundos cambios culturales en el comportamiento de los contribuyentes personas naturales, contribuyentes y no contribuyentes”.
Mientras que el socio de BLTA, Rodrigo Benítez, se muestra partidario del proyecto, ya que implicará que no solo se tengan que informar los ingresos producto de intereses u otras rentas derivadas de instrumentos financieros. Eso sí, reconoce las suspicacias de algunos clientes.
“La principal preocupación de los clientes ha venido en relación al resguardo y garantía de la confidencialidad y privacidad con la que se manejará esta información y aprehensión a su exclusivo uso para fines impositivos. Asimismo han existido consultas respecto a la posible existencia de fiscalizaciones abusivas o persecutorias por parte de la autoridad que tenga su origen en esta información”, asegura.
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