Laboral & Personas

Atria y reforma laboral: “Creo que la derecha va a ganar algo en el TC, porque tiene la bancada más grande”

Para el abogado, los argumentos entregados por la oposición en el tribunal son defectuosos, lo que no sería relevante, ya que el organismo operaría como “una cámara política”.

Por: Narayan V. Caviedes | Publicado: Viernes 15 de abril de 2016 a las 04:00 hrs.
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El abogado constitucionalista Fernando Atria cree que el Tribunal Constitucional (TC) acogerá “algo” del requerimiento presentado por la oposición, en contra de algunos pilares de la reforma laboral, aunque no por la calidad de sus argumentos.

“El TC es una cámara política y Chile Vamos tiene la bancada más grande”, asegura, junto con sostener que la “debilidad argumental” de la impugnación (el singular es porque los dos escritos se acumularán en una sola causa) se explica sólo porque la denuncia busca entregarle competencia al tribunal, y no convencer con razones a sus integrantes, que tienen “domicilio político” conocido.

“El que recurre al TC sabiendo que tiene la bancada mayoritaria no se va a preocupar de construir argumentos bien cuidados, sino que elaborar una presentación que entregue competencia”, señala el ex integrante del comando de la presidenta Michelle Bachelet.

- Los argumentos entregados por la oposición, en una mirada general, ¿qué tan sólidos son?

- Son argumentos que ni siquiera en sus propios términos pesan. Para hablar del TC se debería hablar de la tercera cámara, no de un tribunal constitucional; y de los ministros como parlamentarios o camaristas; y de los grupos que lo conforman, como bancadas. Entonces, porque se llama tribunal, los juristas y abogados asumen que son ministros imparciales y se resisten a ver los hechos evidentes, que las personas que están ahí no son nombradas ‘a pesar de’, sino que ‘por’ sus carreras políticas; que hay una correlación evidente entre la afiliación política y la manera en que votan en los casos políticamente controvertidos, etc.

- Hay dos temas en los que la derecha reconoce que es muy difícil ganar, que son derecho de información y negociación colectiva interempresa. Sobre este último, ¿qué opina de los argumentos?

- La oposición dice que es inconstitucional que la ley obligue al empresario, en ciertos casos, a negociar con un sindicato interempresa. Lo que haría inconstitucional esa negociación es el artículo 19 N° 16 de la Constitución, que dispone que “la negociación colectiva con la empresa en que laboren es un derecho de los trabajadores”. Pero que la Constitución asegure un derecho no implica que la ley no pueda ampliar esos derechos. Hay un argumento obvio para decir que la Constitución asegura el mínimo, y sobre eso la ley puede dar garantías mayores. El requerimiento ni siquiera se hace cargo de esto.

- ¿Y sobre la impugnación del derecho de información?

- La oposición dice que es inconstitucional el derecho de información cuando el sindicato la requiere en virtud de una autorización expresa en sus estatutos. Si el trabajador ha autorizado expresamente al sindicato (la segunda hipótesis del proyecto) no hay problema. Si uno se preocupara del argumento debería, al menos, responder lo siguiente: si el sindicato está expresamente autorizado por sus estatutos, y como la afiliación a un sindicato es voluntaria, ¿no hay aquí una forma indirecta de consentir en que se entregue la información? Uno esperaría que un abogado se hiciera cargo de esto, pero el requerimiento no discute esta posibilidad.

- En materia de titularidad sindical y, sobre todo, extensión de beneficios, hay más confianza. Sobre el primero, la derecha señala que el derecho a negociar es de los trabajadores y no de las organizaciones sindicales.

- Son los sindicatos los que representan los intereses de los trabajadores. Es una manera de ejercer algunos de sus derechos. La negociación colectiva se debe ejercer de algún mecanismo de acción colectiva. ¿Es inconstitucional que la ley disponga de un mecanismo especial para el ejercicio de ese derecho? No veo por qué. La pregunta es ¿tiene espacio el legislador para configurar legalmente el modo de ejercicio de ese derecho? Resulta obvio que sí. Ahora, está bien que a la derecha le moleste la limitación de los grupos negociadores, pero la pregunta es ¿en qué sentido esta norma es inconstitucional? En ninguna.

- Sobre extensión de beneficios, incluso en la NM han admitido que se puede perder. La oposición afirma que la norma “coacciona” a los trabajadores.

- Acá el problema es de acción colectiva. ¿Qué razón hay para que los trabajadores se sindicalicen, si pueden obtener los mismos beneficios sin hacer la contribución que supone la acción colectiva? Si uno dice que todo trabajador siempre podrá acceder a los beneficios de la acción colectiva sin hacer su contribución, lo que está diciendo es que no quiere acción colectiva. Decir que es inconstitucional, porque incentivar la acción colectiva es igual que coaccionarla, sólo es un tipo de cosas que se puede decir en un tribunal que funciona como tercera cámara.

- ¿Qué le parecen los nombres del equipo jurídico que defenderá la reforma?

- Es buena idea tener abogados constitucionalistas y laboralistas, porque el requerimiento demuestra un “provincianismo” de no saber qué pasa en el mundo. Los requirentes, por ejemplo, citan al Tribunal Constitucional Español, cuando ese tribunal se pronuncia en un contexto donde lo que aquí se acusa inconstitucional es indiscutible.

La principal barrera que tuvo que superar el gobierno, para aprobar la reforma laboral en el Congreso, fueron las discrepancias internas. Eso se solucionó con un acuerdo que se tradujo en la moderación del proyecto, por ejemplo estableciendo excepciones para micro y pequeñas empresas e incorporando las adecuaciones necesarias en la huelga.

Para Fernando Atria, la tramitación de la iniciativa demuestra "las patologías del orden constitucional actual, de modo transparente". Según el jurista, se neutralizaron avances, para llegar a un acuerdo en la NM; también se produce ahora, con tópicos de la reforma que serán resueltos por un "tribunal político" como es el TC. "Uno supone que las concesiones se hacen para evitar esto y resulta que no ocurre", sostiene el abogado, quien llamó a "revisar la política de acuerdos".

"Se dicta una legislación que se ve bien en los titulares, pero que en la letra chica está atravesada por reglas y normas que llevan a neutralizar lo comprometido y lo anunciado", expresa Atria. "La ciudadanía, agrega, "cuando se da cuenta de eso, se siente engañada por la clase política.

"Está diseñada para que el reemplazo sea ambiguo"

- ¿Comparte la opinión de algunos expertos que aseguran que la reforma laboral no sólo es insuficiente, sino que un retroceso?

- Es una opinión que me hace fuerza. Ahora, a pesar de eso, uno no puede ignorar que hay ideas que hoy son habituales y obvias en el derecho laboral, pero que fueron purgadas por el Plan Laboral de José Piñera, como el fortalecimiento sindical. Es una cosa obvia que, con la reforma, se avanza en esa dirección. En ese sentido, es un proyecto que es importante.

- ¿Cree que la huelga será efectivamente sin reemplazo o hay ventanas para eso?

- El gobierno debería aprender de esto, porque varias reglas, como las adecuaciones necesarias en la huelga, se introdujeron para lograr un acuerdo. Y a pesar de eso, la reforma termina en el TC. Entonces, la pregunta es cuál es el sentido de hacer todas esas concesiones, si la disputa igual se va a decidir en el TC.

- El Ejecutivo ha criticado en varias oportunidades a los tribunales de justicia por asumir un papel de legislador. Pero lo que hizo el ministro Rodrigo Valdés con las adecuaciones necesarias fue dejar en manos de los jueces la aplicación de esa norma. ¿Es éste un error del gobierno?

- Hay un aprendizaje que hacer. La crítica al denominado "activismo judicial" se suele presentar como si existieran jueces usurpadores, que quieren ejercer facultades que no les corresponden, lo que sería "antidemocrático". Yo no creo que esa sea la explicación. Uno debería pensar por qué hay "activismo". Parte de la explicación es que es una reacción a la incapacidad del proceso legislativo, que fundamentalmente tiene que ver con la neutralización constitucional, que ha creado una cultura en la que no se puede hacer nada si no hay un acuerdo transversal. El ejemplo de las adecuaciones necesarias es tan claro como uno podría querer, porque se introduce una fórmula que es conscientemente diseñada para dejar la cuestión en la ambigüedad, para alcanzar un acuerdo que permitiera que la ley se aprobara.

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