La Municipalidad de Lo Barnechea rechazó formalmente la demanda de Enaco y defendió la legalidad de su nuevo Plan Regulador Comunal (PRC), en medio de una disputa que sumó un inesperado aliado para la alcaldía: el grupo Hiller.
Mientras la inmobiliaria Enaco busca anular el decreto alcaldicio con el nuevo instrumento de planificación urbana local, por considerar que restringe sus proyectos, el holding HLR Partners, de Peter Hiller, irrumpió en la batalla legal para respaldar la postura municipal, marcando un quiebre inédito entre las grandes empresas que operan en la comuna.
A través de la Inmobiliaria Valle La Dehesa, Enaco presentó un reclamo de ilegalidad en contra del municipio ante la Corte de Apelaciones de Santiago, solicitando que se declare ilegal el decreto, que entró en vigencia el 30 de octubre de 2025.
“Se han tomado decisiones que no tienen ningún sentido. Como consecuencia de ello, se han afectado -de forma ilegal- terrenos de propiedad de nuestra representada; se ha establecido una planificación incongruente con la realidad y con el desarrollo urbano promovido en la comuna, y que además es inconsistente con los antecedentes que integran el PRC”, sostuvo la inmobiliaria en su recurso presentado en enero pasado, asesorada por el estudio de abogados Guerrero Olivos.
La defensa de la inmobiliaria dijo que cuenta con permisos para construir diversos proyectos en terrenos de su propiedad en La Dehesa, los que con el nuevo PRC están sujetos a una serie de restricciones mediante dos clasificaciones. La primera, ZHE-2-DC-1, limita la construcción en los sectores de Camino la Cumbre y Faldeos del Cerro a viviendas de máximo dos pisos con una densidad de10 habitantes por hectárea y lotes mínimos de 2.500 m². Según la normativa, estas medidas buscan proteger a la población ante riesgos altos de seguridad.
Por otro lado, la clasificación AVN1 impuso una restricción mayor en el sector de Camino Faldeos del Cerro, prohibiendo edificaciones privadas en terrenos de Enaco, y permitiendo únicamente instalaciones de uso público o áreas verdes. Esta limitación -según el municipio- se justifica por la falta de urbanización y el peligro muy alto de remoción en masa,
El pasado 27 de febrero, la municipalidad liderada por Felipe Alessandri, solicitó al tribunal de alzada rechazar el reclamo de ilegalidad.
“La regulación adoptada responde a un criterio multifactorial exigido por la legislación vigente, que pondera riesgos naturales, fragilidad ambiental, pendientes del terreno, contacto con el área de preservación ecológica y lineamientos de políticas públicas en gestión de desastres y adaptación al cambio climático privilegiando el interés general”, dijo Carlos Quintana, abogado y director Jurídico de la municipalidad, quien sostuvo que “se respetó de forma irrestricta todo el procedimiento para la actualización del PRC”.
El abogado presentó una serie de fotografías para justificar la decisión de clasificar como AVN1 al predio del reclamante. Dijo que la mayor parte del terreno posee pendientes superiores al 46,6%, lo que, sostuvo, implica una susceptibilidad muy alta de caídas de roca o deslizamientos.
Por otro lado, respecto a la declaración de los sitios como ZHE2-DC-1, explicó que esta zonificación responde a un criterio multifactorial. “A ello, se suma la restricción del emplazamiento de equipamientos esenciales o críticos que comprenden establecimientos educativos, de salud, seguridad, y servicios públicos, buscando reducir el impacto de la urbanización sobre las áreas de fragilidad ambiental y gestionar adecuadamente las áreas expuestas a riesgos”, afirmó el abogado Quintana.
Con todo, el municipio dijo que resulta jurídicamente improcedente sostener que el decreto alcaldicio haya incurrido en ilegalidad. Aseguró que la zonificación AVN1 y ZHE-2-DC1 aplicada a los predios de la inmobiliaria reclamante se encuentra plenamente ajustada a derecho, al haberse fundamentado en estudios especializados, en la Evaluación Ambiental Estratégica, en la Memoria Explicativa, así como en informes favorables sectoriales vinculantes emitidos por las Seremi de Vivienda y del Medio Ambiente.
“El reclamo de ilegalidad de autos carece de sustento jurídico y fáctico, por lo que corresponde rechazarlo íntegramente”, sostuvo.
El vecino
Un día antes que el municipio respondiera a la demanda, el 26 de febrero pasado, el holding HLR Group de Peter Hiller, solicitó a la corte que se le admita como tercero coadyuvante en la causa, pues dijo que, sin ser parte directa del juicio en que se denuncian ilegalidades, la compañía tiene interés en sus resultados al ser vecina de los lotes de Enaco.
Los abogados del grupo, del estudio Ovalle, detallaron que la propiedad de HLR limita -al oeste, por la línea de la cota mil- con los diversos lotes resultantes de la subdivisión del Lote N° 1 de los terrenos antiguamente del Ejército, en que Enaco ha desarrollado desde fines de los años 90 sus proyectos inmobiliarios en el sector El Huinganal de la Dehesa.
HLR Group aseguró que son 13 los lotes de Enaco en que no se han desarrollado proyectos inmobiliarios y que han quedado sujetos a dos nuevos usos de suelo. “Un eventual acogimiento del reclamo de ilegalidad impetrado por IVLD (Inmobiliaria Valle La Dehesa), tendrá consecuencias para HRL, al afectar la carga ocupacional de los terrenos colindantes a la zona de preservación ecológica de la que es titular”, aseguró la compañía, que pidió a la justicia rechazar la demanda de Enaco.
La defensa de HLR dijo que para los 13 lotes antes indicados, IVLD obtuvo permisos de edificación para la construcción de 59 edificios para un total de 468 departamentos de tipo residencial a emplazarse en la zona. “Las obras autorizadas hace 25 años, no solo ya no se condicen con la regulación territorial, sino que sus permisos han caducado por no haberse iniciado obras dentro de los tres años siguientes a la emisión de la autorización o por haber paralizado por el mismo lapso”, señaló la compañía.