Tribunal Europeo confirma colusión de Latam y LAN Cargo entre 2003 y 2006 y la obliga a pagar 2 millones de euros
La chilena apeló a la sentencia, pero el Tribunal desestimó todas sus alegaciones y la condenó, además, a pagar las costas judiciales. Latam recibió la menor multa.
Por: Nicolás Durante
Publicado: Lunes 2 de marzo de 2026 a las 04:00 hrs.
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En una sentencia histórica, el Tribunal de Justicia Europeo confirmó la sentencia por colusión “a escala mundial” de Latam y LAN Cargo por haberse aliado con otra decena de empresas aéreas para fijar coordinadamente precios para la prestación de servicios de transporte de mercancías, en particular en cuanto al recargo por combustible y seguridad, entre 2003 y 2006.
Este jueves 26 de febrero, el máximo tribunal de la Comisión Europa desechó todos los argumentos con los que había apelado Latam y LAN Cargo y confirmó una sentencia por 2,2 millones de euros, además de condenar a la firma de origen chileno a pagarle a la Comisión Europea todas las costas legales.
El Tribunal, por separado, también confirmó las sentencias contra Air Canada, Air France-KLM, British Airways, Lufthansa, Japan Airlines, Cathay Pacific, Singapore Airlines, KLM, Martinair, Cargolux y SAS Cargo Group. En total, las multas contra el cartel fueron por unos 790 millones de euros.
La de Latam fue de las multas más bajas, respecto a Air France que fue sancionada con 182.9 milliones de euros, British Airways con 104 millones de euros y SAS con 62,85 milliones.
La causa se remonta a 2005, cuando la Comisión Europea recibió una delación compensada por parte de Deutsche Lufthansa AG dando cuenta de la existencia del cartel y pidiendo reducción de una eventual multa. Tras una exhaustiva investigación y allanamientos de sedes, la Comisión sancionó a las empresas. Pero el 2015 se anuló dicha sentencia, y el 2017 la Comisión volvió a presentar la acusación por hechos más acotados y menos aerolíneas.
En marzo de 2017 la Comisión decidió sancionar a 19 transportistas aéreos de carga, entre ellos Latam Airlines y Lan Cargo. En esa decisión “se indica que los transportistas implicados coordinaron sus comportamientos en materia de precios para la prestación de servicios de transporte de mercancías en todo el mundo por medio del recargo por combustible, del recargo por seguridad y de la negativa al pago de comisiones (en lo sucesivo, «práctica colusoria controvertida»)”, incurriendo con ellos infracciones a europeas de libre competencia.
Al describir los hechos en la sentencia publicada este jueves en el sitio del Tribunal Europeo, indica que la investigación “había revelado una práctica colusoria de alcance mundial basada en una red de contactos bilaterales y multilaterales mantenidos durante un período prolongado entre los competidores, relativos al comportamiento que habían decidido, previsto o proyectado adoptar en relación con diversos componentes del precio de los servicios de transporte de mercancías mencionados en el apartado anterior”.
La Comisión recalcó que esa red de contactos “tenía como objetivo común coordinar el comportamiento de los competidores en materia de precios o reducir la incertidumbre en todo lo relacionado con su política de precios”.
Según esa sentencia inicial, la práctica colusoria había comenzado el 7 de diciembre de 1999 y continuó hasta el 14 de febrero de 2006. Sin embargo, para el caso de Latam y Lan Cargo, se extendió entre el 25 de febrero de 2003 y el 14 de febrero de 2006.
Por ello, a la empresa chilena se les impuso una multa de 8,2 millones de euros.
El 2017 Latam y LAN Cargo recurrieron la sentencia, acusando una serie de errores de hecho y derecho, así como la falta de competencia de la Comisión y negando tajantemente que se tratara de una “práctica colusoria a escala mundial”.
El Tribunal Europeo tomó algunos de los argumentos de Latam y redujo la multa a 2.244.000 euros.
Pero Latam volvió a apelar y pidió que anularan las sentencia aduciendo cuatro motivos, entre ellos, nuevamente errores y violaciones a su derecho a defensa. Y sobre esas apelaciones es que el Tribunal Europeo se refirió el jueves 26 de febrero y desestimó cada una de sus alegaciones.
“Como quiera que no se ha acogido ninguno de los motivos invocados por Latam Airlines y Lan Cargo en apoyo de su recurso de casación, procede desestimar este en su totalidad”, dice la sentencia dictada por la Quinta Sala del Tribunal, pero además la condenó a pagar las costas del extenso juicio.
“Al haber solicitado la Comisión Europea la condena en costas de Latam Airlines y Lan Cargo y haber sido desestimados los motivos formulados por estas últimas, procede condenarlas a cargar, además de con sus propias costas, con las de la Comisión”.
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