Fundamenta presenta recurso ante el Servicio de Evaluación Ambiental para revivir proyecto en Ñuñoa
Acción deberá ser resuelta por la directora de la entidad, Valentina Durán. La firma argumentó que hubo “motivos políticos” para echar abajo la obra.
Por: J. Troncoso Ostornol
Publicado: Miércoles 25 de mayo de 2022 a las 17:39 hrs.
Pablo Medina, controlador de la inmobiliaria, y Valentina Durán, directora ejecutiva del SEA. Foto: Julio Castro y Archivo
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A pocas horas de que venciera el plazo, Inmobiliaria Fundamenta –controlada por Pablo Medina y que tiene como socio minoritario a Andrés Echeverría- presentó un recurso de reclamación para intentar revivir el millonario proyecto que desarrollaba en Ñuñoa.
“Este es un camino legal que había que emprender, independientemente de que somos conscientes de que debemos llegar a acuerdo con las autoridades para poder continuar con el proyecto a la mayor brevedad posible. Es nuestro ánimo seguir en esta senda”, dijo Medina, gerente general de la inmobiliaria.
“Somos conscientes de que debemos llegar a acuerdo con las autoridades para poder continuar con el proyecto a la mayor brevedad posible. Es nuestro ánimo seguir en esta senda”, dijo Pablo Medina.
La firma inició hace tres años la construcción de cuatro torres: una para oficinas y las otras para 1.828 departamentos, además de un complejo comercial, en la esquina sur poniente de avenida Irarrázaval y Américo Vespucio. La empresa dice que lleva gastados del orden de US$ 100 millones del presupuesto total de US$ 300 millones.
El 4 de abril, la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana -presidida por la delegada presidencial metropolitana, Constanza Martínez- calificó desfavorablemente la Declaración de Impacto Ambiental de la iniciativa, denominada Egaña-Comunidad Sustentable, por nueve votos contra dos.
Ahora, la empresa apunta a que la directora ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), Valentina Durán, revierta el dictamen de la comisión y se califique favorablemente la iniciativa.
En su recurso, la inmobiliaria apuntó a que los miembros de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana (COEVA RM) “acordaron calificar desfavorablemente el proyecto sin fundamentar adecuadamente sus votos” y que hubo “motivos políticos y no ambientales”. “Cinco votos de la COEVA RM que acordó calificar desfavorablemente el proyecto (…) infringieron el principio de legalidad que rige a la Administración del Estado”, sostuvo.
Argumentos
En una entrevista a DF el 11 de abril, el controlador de Fundamenta, Pablo Medina, ya había cuestionado a la comisión. “Se votó con un criterio netamente político, no con uno técnico, lo que no debiera ser”, sostuvo. Y precisamente este es el eje central de la reclamación ante el SEA. “Un estándar de fundamentación mínimo exigible a la delegada presidencial y a los distintos Seremis de la COEVA RM, consiste en que se expliciten las razones técnicas para la calificación desfavorable del proyecto desde un punto de vista ambiental, en base a los antecedentes disponibles en el expediente de evaluación”, dijo.
Luego, apuntó a que la votación debió ser acotada a las materias relevadas por el Segundo Tribunal Ambiental.
El 26 de noviembre de 2021, el tribunal acogió parcialmente la reclamación presentada por vecinos de Ñuñoa contra el SEA, que debió retrotraer el análisis de la obra hasta que se complementara la evaluación en dos materias: luminosidad y refracción.
“La delegada presidencial y otros cuatro Seremis decidieron calificar desfavorablemente el proyecto fundando su voto en materias distintas a las ordenadas por el Ilustre Segundo Tribunal Ambiental (…), un eventual impacto en relación a luminosidad (efecto sombra) o refracción, a pesar de que estos eran los únicos aspectos anulados por el 2TA (Segundo Tribunal Ambiental) y, por lo tanto, los únicos componentes ambientales respecto de los cuales tenía competencia la comisión para pronunciarse”, sostuvo la empresa.
Y añadió: “No solo se refirieron a un eventual impacto en relación a luminosidad (efecto sombra) y refracción, sino que también a aspectos urbanísticos (relacionados con el PRC), viales, de densidad población y hasta políticos (que escapan absolutamente de lo ambiental), que de acuerdo al tribunal habían sido abordados en forma correcta y por tanto la resolución de calificación ambiental se mantuvo vigente en dichas materias surtiendo todos sus efectos desde el momento de su notificación”.
A partir de lo decretado en una resolución fundada por la directora ejecutiva del SEA, la empresa podrá reclamar ante el Tribunal Ambiental.
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