Aunque se trata de dos escándalos financieros cuyo origen es completamente distinto, una hebra hasta ahora desconocida, pero relevante une al Caso Primus con Sartor AGF.
De acuerdo con la resolución de sanción de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), el 10 de septiembre de 2024, la Dirección de Supervisión de Conducta de Mercado de la CMF alertó a la Unidad de Investigación (UI) del organismo que, durante un proceso de supervisión a la gestora realizado aquel año, había fondos de Sartor AGF que “financiaron algunas personas jurídicas y naturales vinculadas a una serie de irregularidades financieras”.
Los apuntados por la CMF eran sociedades vinculadas a los protagonistas del Caso Primus, encabezados por su exgerente general, Francisco Coeymans; el exdirector comercial, Ignacio Amenábar; y el abogado Antonio Guzmán. Además, se señalaron a operaciones con el empresario Yethro Dinamarca, cuyo nombre también apareció entre las indagatorias del caso como cliente del factoring.
La resolución de la CMF sostuvo que, las inversiones dieron cuenta de incumplimientos a la Ley Única de Fondos (LUF), “en cuanto a la responsabilidad de la sociedad en la administración de los fondos y a la ejecución de las actividades que se efectúen en el mejor interés de estos”, además de la “definición y aplicación de políticas y procedimientos relativas a riesgo financiero, específicamente de crédito”, señaló la denuncia.
Más tarde, el 12 de noviembre del 2024, la UI del regulador inició una investigación con el objeto de establecer eventuales infracciones. Tres días más tarde, la CMF suspendió los aportes a los fondos de Sartor AGF, la primera de una serie de medidas que terminó con la intervención y posterior liquidación de la gestora.
Financiamientos
En detalle, las operaciones que vinculan a Sartor y Primus Capital son préstamos por un total de $ 640 millones a Coco Investments SpA, sociedad de Coeymans, desde el fondo “Sartor Táctico” entre 2020 y 2021, los que fueron prorrogados hasta 2022.
También, se otorgó un tercer préstamo por $ 700 millones a Inversiones Indiana SpA, sociedad de Amenábar en 2019, el cual obtuvo sucesivas prórrogas hasta mayo de 2023, cuando el caso Primus ya había estallado.
El mismo vehículo otorgó dos préstamos a sociedades controladas por Guzmán: $ 1.072,5 millones a Inversiones ADM SpA en 2021, y UF 18.421 (unos $ 655 millones de la época) a Fondo de Cobertura de Litigios y Resolución de Conflictos SpA en abril de 2023, un mes después de que se diera a conocer el caso.
Por su parte, “Sartor Proyección” otorgó un financiamiento por $ 560 millones en 2021 a Inversiones Mountain Road SpA, también de Guzmán.
La CMF también apuntó a las operaciones de financiamiento a dos sociedades vinculadas a Dinamarca $ 4.766 millones entre 2019 y 2021.
El informe del Caso Primus
Eso sí, Sartor AGF ya había aparecido en la trama del Caso Primus. Tal como reveló DF a comienzos de 2024, la gestora, sus fondos y sociedades vinculadas a ella aparecieron entre las casi 55 mil operaciones bancarias analizadas por el informe que encargó la Fiscalía a la Universidad Técnica Federico Santa María en el marco de las indagatorias por el fraude en el factoring.
El informe de la casa de estudios fue solicitado a finales de 2023 por el fiscal en jefe de Las Condes y líder de las investigaciones por el Caso Primus, Felipe Sepúlveda, quien encargó la revisión de 15 cuentas corrientes pertenecientes a personas naturales y jurídicas.
El informe apuntó que la matriz de la AGF, Asesorías e Inversiones Sartor S.A., Asesorías e Inversiones Cerro El Plomo SpA -controlada por uno de los fondos-, el fondo público “Sartor Táctico” y el vehículo privado “Sartor Deuda Privada”, transfirieron en total un neto de $ 3.992 millones a sociedades o cuentas personales de Coeymans, Amenábar y Guzmán.
En aquella época, la entonces administración de Sartor AGF justificó las operaciones en financiamientos de deuda privada y recalcó su proceso previo de evaluación de créditos.
Beneficio económico
La resolución de la CMF también profundizó sobre la lista de beneficiados económicamente por las operaciones de Sartor AGF y sus fondos, hacia sociedades relacionadas.
El documento sostuvo que el informe final de la UI del organismo precisó que “las operaciones realizadas en contravención a la normativa vigente fueron en beneficio de sociedades relacionadas directa o indirectamente a Sartor AGF y/o sus directores”.
Estos últimos fueron el socio de la matriz del Grupo Sartor y exdirector de la AGF, Pedro Pablo Larraín, y los exdirectores Alfredo Harz, Michael Clark, Rodrigo Bustamante, Óscar Ebel y Miguel León.
Sin embargo, “a partir de la información reunida y la prueba rendida en el curso del procedimiento, no es posible establecer un beneficio económico directo para Mauro Valdés y Juan Carlos Jorquera”, aclaró la UI.
Finalmente, “de acuerdo con los antecedentes incorporados al expediente administrativo, el monto total de las operaciones realizadas con entidades relacionadas a la AGF y/o sus directores con infracción a la LUF y en perjuicio de los fondos y sus aportantes, asciende a lo menos a $ 95.578.252.441”, esto es, unos US$ 102 millones, señaló la resolución.
¿Ley de Delitos Económicos?
En tanto, la idea de una eventual aplicación de la Ley de Delitos Económicos -que entró en vigor el 1 de septiembre de 2024- a la arista penal volvió a tomar fuerza entre los conocedores del caso.
El flanco que se abriría es la entrega de información falsa al mercado, público y a la CMF sancionada por el regulador, que configura una transgresión a la Ley del Mercado de Valores.
Si bien esta es una sanción administrativa, la CMF aseguró que “remitirá los antecedentes al Ministerio Público para que este órgano realice las investigaciones que estime pertinente”.
Cabe recordar que la Fiscalía ya agrupó las causas referidas a la AGF y sus distintas aristas, mientras que desde el segundo trimestre que realiza diligencias para el Caso Sartor, a través de la Policía de Investigaciones. El proceso es liderado por el persecutor Juan Pablo Araya.
De esta manera, estaría en manos del Ministerio Público y su criterio al considerar los antecedentes -de si decide imputar la entrega de información falsa al mercado y la temporalidad que le otorgue-, una eventual aplicación de la Ley de Delitos Económicos.