Por unanimidad, la sala de la Cámara de Diputados aprobó y envió al Senado a segundo trámite legal el proyecto que tipifica y sanciona el delito de corrupción entre privados, lo que fue calificado por la ministra de Justicia y Derechos Humanos, Javiera Blanco, como un avance “histórico” al incluir en el Código Penal la persecución de este tipo de ilícitos.
La normativa sube penas y tipifica los delitos cometidos por empleados públicos en el ejercicio de sus cargos: fraude y exacciones, cohecho y cohecho de empleado público extranjero. Además, se introducen tres nuevos delitos: el cohecho de particulares, la corrupción entre privados y la administración desleal.
En el primer caso, se trata de una figura que tiene como propósito equiparar el ejercicio arbitrario de funciones de empleados públicos cuando se trata de ciertas actividades económicas desarrolladas por privados orientadas a la provisión de bienes públicos. Por ejemplo, pagar por recibir antes una hora en un hospital o en una clínica.
Con la sanción a la corrupción entre privados se quiere evitar que la “coima” sea un medio legítimo de competencia en el mercado. Los casos paradigmáticos son aquellos en que un actor de la competencia le paga a los empleados del potencial adquirente para que los prefiera sobre otros competidores.