Un tema que ya tiene enfrentados al Gobierno con las futuras autoridades, quienes han acusado al Ejecutivo de “amarrar” funcionarios.
“No corresponde que cuando un Gobierno va de salida trate de establecer reglas para dejar en el aparato público a muchas personas que cumplen un rol desde el punto de vista político”, cuestionó este lunes Claudio Alvarado, el encargado de la transición del Presidente electo, José Antonio Kast, y exsecretario General de la Presidencia (Segpres).
En ese sentido, dijo que “pretender amarrarlos por ley es una situación a mi juicio incompresible y que ojalá en el debate legislativo se pueda corregir”.
A su juicio, “es legítimo que el gobierno tenga personas de su exclusiva confianza, pero no puede pretender que en una nueva administración esas personas sigan siendo de la confianza del gobierno. Es ilógico e, incluso, me atrevería a decir que absurdo”, agregó.
Más cauto se mostró el propio Kast, quien señaló que el futuro de la normativa debe zanjarse en el Congreso. “No quiero calificarla. Será la opinión pública y los parlamentarios los que tienen que decidir si van a aprobar una ley como la que planteó el Ejecutivo”, dijo.
Desde el Ministerio del Trabajo señalaron hace unos días que la norma en cuestión “formaliza en la ley lo que hoy ha sido discutido o se ha incorporado a través de instrucciones ministeriales, dictámenes de Contraloría y fallos judiciales”.
La defensa
En paralelo, los propios funcionarios públicos le restaron dramatismo a la incorporación de una normativa de este tipo.
“No imposibilita la desvinculación, sino que evita la discrecionalidad, el abuso y los despidos arbitrarios, porque uno entiende que si no hace bien el trabajo, uno no puede mantenerse y se tiene que rendir cuenta”, planteó este lunes el presidente de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (Anef), José Pérez.
Según planteó el vocero, es una norma que sólo busca “dar estabilidad al empleo a quienes trabajan en el sector público. Queremos tener certeza legal para evitar cualquier abuso de un despido arbitrario”.
Pérez precisó que el objetivo es no repetir la experiencia del año 2010, “cuando con la primera administración del Presidente Sebastián Piñera vimos el despido de más de 11.000 personas, eso fue grave”.
En palabras del dirigente, además, la incorporación de esta norma sólo oficializa algo que en la práctica ya se hace, y que desde hace tiempo se busca ordenar. “Esto busca entregar certeza de que exista un acto fundamentado, justificado, que establece la Ley incluso vigente. Con esto, se crea un mecanismo para no depender de variables, de interpretaciones administrativas o de interpretaciones jurídicas”, subrayó.
Un punto que, de hecho, hace unos días fue ratificado por el propio Ministerio del Trabajo, desde donde señalaron que la norma en cuestión “no cambia las reglas actuales: formaliza en la ley lo que hoy ha sido discutido o se ha incorporado a través de instrucciones ministeriales, dictámenes de Contraloría y fallos judiciales. Buscamos dar certeza jurídica a todos los intervinientes estableciendo expresamente en la ley reglas que han sido aplicadas en la práctica”.
Con todo, se trata de una decisión que está siendo cuestionada por diversos actores, entre ellos algunos exdirectores de Presupuestos, quienes han debido abordar esta temática en otras administraciones.
“Cualquier cosa adicional como lo que se está planteando acá, cualquier restricción adicional que tú le agregues, cualquier requisito adicional, independientemente de si eso sea una buena práctica, un instructivo, cualquier cosa adicional que tú le des de rango legal, obviamente hace más compleja la desvinculación”, criticó Matías Acevedo.
“Yo no pondría una norma adicional. No corresponde”, dijo a su turno Sergio Granados.
El rol de Contraloría
Históricamente, la no renovación de los funcionarios a contrata era un tema que resolvía la Contraloría General de la República.
Incluso, esta materia está incorporada en la Ley 10.336, de organización y atribuciones de la institución, la cual en su artículo 156 establece que “desde treinta días antes y hasta sesenta días después de la elección de Presidente de la República, las medidas disciplinarias de petición de renuncia y de destitución señaladas para los funcionarios fiscales y semifiscales en el Estatuto Administrativo, sólo podrán decretarse previo sumario instruido por la Contraloría General de la República y en virtud de las causales contempladas en dicho Estatuto”.
La confianza legítima que es el principio rector -que operaba como una protección laboral- era que luego de un determinado tiempo de renovaciones sucesivas de su contrata, la administración sólo podía poner término al vínculo a través del sistema de calificaciones o sumario administrativo.
Sin embargo, el actuar de la Contraloría cambió. En noviembre de 2024, la entidad declaró que la decisión sobre el plazo para generar confianza legítima en los funcionarios públicos a contrata es una materia de competencia exclusiva de los tribunales de justicia, ya que se trata de una dimensión litigiosa.
Desde dicho pronunciamiento, el futuro laboral de los funcionarios a contrata se debe zanjar en la justicia.