El Servicio de Evaluación Ambiental Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, recomendó rechazar el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto Regularización de Obras de Habilitación, Construcción de Equipamientos y Operación de Parcelación Punta Puertecillo.
La iniciativa, que considera una inversión de US$ 20 millones, busca “regularizar” el proyecto ubicado en Litueche, el que ha enfrentado duros cuestionamientos, como “la inminencia de un perjuicio ambiental”, según un fallo de la Corte Suprema.
En noviembre de 2022, el máximo tribunal del país, tras la denuncia de vecinos, multó con $ 3.650 millones a la inmobiliaria, ligada al empresario Jorge Gálmez, dueño del Mall Sport, entre otros negocios. Además, la Suprema ordenó la prohibición de nuevas ventas de terrenos -como una medida cautelar- hasta la obtención de una Resolución de Calificación Ambiental favorable.
En respuesta a lo anterior, en junio de este año, la Inmobiliaria e Inversiones Ayelén Limitada presentó el mencionado EIA. “El proyecto consiste en la regularización de la construcción de partes, obras y acciones ejecutadas para la habilitación de infraestructura de agua potable, electricidad, caminos interiores en servidumbre para el predio rural y sus 307 parcelas”, dijo la firma en su estudio, en el cual estimó el desarrollo de las obras en 21 meses.
A fines de octubre, el SEA de la Región de O'Higgins emitió su Informe Consolidado de Evaluación (ICE) sobre la obra, donde recomendó rechazar el Estudio de Impacto Ambiental. “No cumple con los requisitos técnicos y formales que permitan durante el procedimiento de evaluación de impacto ambiental otorgar el permiso ambiental sectorial mixto consagrado en el artículo 160 (permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos)”, dijo el servicio.
Y añadió: “Sobre la base de los antecedentes revisados se configura infracción manifiesta a la normativa ambiental aplicable (…) y que no pudiera subsanarse mediante Adenda por parte del titular”.
La Adenda es un documento que el privado debe preparar cuando el SEA le pide aclarar, corregir o ampliar información en un proceso de evaluación ambiental.
El servicio también se refirió a que la inmobiliaria no informó sobre la sentencia dictada por el Juzgado de Policía Local de Litueche, el 29 de junio de 2023. Dicho proceso se originó por la denuncia de la Secretaría Regional de Vivienda y Urbanismo de la Región Libertador General Bernardo O’Higgins, que tras la fiscalización realizada en terreno -en marzo de 2019- habría constatado que la subdivisión de predios rústicos del proyecto Punta Puertecillo, infringía el D.L N°3.516, al haberse dado un uso exclusivamente habitacional a los inmuebles y no rural como exige la norma.
La compañía mantiene un litigio radicado en la Corte de Apelaciones de Rancagua, luego que presentara un recurso para intentar revertir el fallo del Juzgado de Policía Local, que le impuso US$ 45 millones de multa.
“Forzar el uso del SEIA”
En su ICE, de 390 páginas, el servicio estimó que el conflicto generado a propósito de las subdivisiones y urbanizaciones en área rural se origina a partir de dos circunstancias: que el proceso de certificación del cumplimiento del DL N°3.516, conforme a lo señalado en el artículo 46 de la Ley N°18.755, en la actualidad no cumple con velar por la vocación agrícola, ganadera o forestal de los predios rústicos, y genera en sí misma, una potencial amenaza a valores ambientales del territorio; y que la falta de una adecuada fiscalización de dicho cuerpo normativo y, en general del cumplimiento del artículo 55 de la LGUC, ha permitido un pronunciado aumento en la ejecución de proyectos de desarrollo urbano e inmobiliarios o de distinta índole en suelo rural, que vulneran la normativa vigente.
“Cabe expresar que no puede pretenderse trasladar al SEIA la problemática originada a partir del incumplimiento de la normativa sectorial, ya que dicho instrumento de gestión no es la instancia adecuada o idónea para resolver o solucionar tales irregularidades”, dijo el servicio.
Junto a esto, añadió que “no corresponde forzar el uso del SEIA para suplir carencias o dificultades en el ejercicio de funciones públicas de otros órganos del Estado”. Esto, por cuanto dijo que resultaría inoficioso evaluar un proyecto que no cumple con la normativa que le resulta aplicable y cuya compatibilidad territorial sería cuestionada en un eventual procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
Consultada la inmobiliaria ante la recomendación del SEA, ésta señaló a Diario Financiero: “La empresa; cumpliendo con lo dispuesto por la Tercera Sala de la Corte Suprema, realizó un sólido estudio de impacto ambiental; continua -de hecho- trabajando con la comunidad del entorno y ahora se encuentra estudiando los pasos a seguir tras esta recomendación del servicio”.
En su EIA, la empresa detalló que, del total de parcelas del proyecto, 197 pertenecen a terceros compradores con anterioridad a la sentencia de la Suprema (no afectos a prohibición de venta ni de autoconstrucción, dijo); 13 son de la sociedad Administradora Punta Puertecillo (destinadas a equipamiento y áreas verdes, con prohibición de ejecutar nuevas construcciones mientras no cuente con evaluación ambiental favorable) y 97 sitios son remanentes del titular a agosto de 2022, sujetas a prohibición de venta y construcción sin evaluación ambiental favorable.
Sobre estas últimas, la inmobiliaria dijo que 22 se destinarán a conservación ambiental como medida de mitigación del proyecto.
Además, dijo que las 75 parcelas que no se han enajenado quedan congeladas pendientes de venta. “Una vez que se tenga el nuevo marco normativo de la ley de parcelaciones (que hoy está en el Congreso), el titular evaluará la decisión de llevar a cabo su venta, o no, previa evaluación ambiental y respetando lo que pueda disponer la futura legislación de parcelaciones”, ha señalado la firma.