La Corte Suprema zanjó una disputa que iniciaron un grupo de vecinos del complejo turístico privado Las Tacas, en la Región de Coquimbo, que llevaron a la justicia a una inmobiliaria y una constructora, acusándolas de realizar trabajos en días y horas inhábiles con altos niveles de ruido.
Así es como, el pasado 11 de diciembre, el máximo tribunal del país confirmó un fallo de la Corte de Apelaciones de La Serena, que había rechazó un recurso de protección presentado por los vecinos, señalando que ya se iniciaron los procedimientos técnicos de rigor y que está vigente la fiscalización ante la Dirección de Obras Municipales (DOM) respectiva, la que podrá -y deberá- adoptar las medidas en el evento de constatarse incumplimientos al horario de los trabajos.
“En efecto, es una verdad inconcusa, ratificada por ambas partes, que la emisión de ruidos y la existencia y desecho de descombros ha sido denunciada ante la autoridad técnica competente. En dicho procedimiento cabrá rendir prueba técnica suficiente para establecer, con certeza de la disciplina científica pertinente, cual es el límite de decibeles permitidos en esta zona”, dice parte del fallo del tribunal de alzada.
El recurso había sido presentado por abogados de la Administradora Las Tacas, que gestiona diez de las comunidades al interior del recinto, junto con otros copropietarios de departamentos, y estaba dirigido contra de Las Tacas Corp, dueña de un lote donde se levantan dos edificios de cuatro pisos, y la Constructora IGS, que materializa las obras.
“Lugar central y privilegiado”
Los vecinos denunciaron supuestos trabajos en horarios y días inhábiles, con altos niveles de ruido, los que calificaron como “un tormento sonoro”.
Según detallaron en su recurso, el 28 de mayo de este año suscribieron con la constructora un acuerdo que permitió trabajos de lunes a viernes, sin fines de semana y festivos, entre las 9:00 y las 18:00 horas.
Además, señalaron que han cursado multas, respondiendo las recurridas -según el recurso- que “les es más barato pagarlas antes de detener la obra”, lo que -a juicio de los reclamantes- da cuenta de una intención de acelerar un proyecto inmobiliario a costa de sacrificar la salud, tranquilidad y seguridad de quienes habitan el complejo.
El representante de Las Tacas Corp y la constructora rechazó los cuestionamientos. Señaló que el recurso de protección es el punto cúlmine de una serie de acciones judiciales interpuestas por un grupo de personas que aspiran a cerrar Las Tacas a todo tipo de nuevo desarrollo inmobiliario.
“El Lote M corresponde a un lugar central y privilegiado del Balneario de Las Tacas, cuyo desarrollo, históricamente, ha generado oposición de parte de un grupo de vecinos del balneario; especialmente, aquellos que tienen unidades habitacionales a su alrededor”, dijo el abogado de la inmobiliaria y la constructora, Alberto Barros Bordeu, al contestar el recurso presentado al tribunal de alzada.
Y añadió: “Durante cuatro meses, los recurrentes no alegaron por ruidos molestos, acumulación de escombros ni los horarios de construcción, sino que estuvieron dedicadas a hostigar a mi representada por otros medios. Sin embargo, de manera completamente coordinada, los días 15, 16 y 17 de agosto Administradora Las Tacas S.A. coordinó y llevó a cabo lo siguiente: (i) tres denuncias en la Seremi de Medioambiente; (ii) dos denuncias en Carabineros; y (iii) aplicó cinco multas a mi representada de manera seguida. Con esa supuesta evidencia de ilegalidades las recurrentes prepararon su recurso y el día 26 de agosto lo presentaron”.
Explicó, además, que a instancias de la Dirección de Obras de Coquimbo y sin estar legalmente obligados a ello, con el propósito de recoger las inquietudes de vecinos, informaron horarios de trabajo de lunes a viernes, de 8:00 a 18:30 y sábado de 8:00 a 14:00.
“La construcción lícita del proyecto resulta completamente compatible con los derechos fundamentales de las recurrentes (vecinos). Un ruido no basta para afirmar que ha existido una afectación a la integridad física”, añadió el abogado de las empresas.