Los cuestionamientos de Glovo y Pedidos Ya tras denuncia de la FNE por colusión: apuntan a falta de claridad y contradicciones
La Fiscalía Nacional Económica aseguró que el requerimiento es “claro, completo y plenamente comprensible”, por lo que solicitó rechazar las objeciones de las demandadas.
Por: J. Troncoso Ostornol
Publicado: Jueves 24 de julio de 2025 a las 04:00 hrs.
Fotos: Bloomberg y Aton
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Las plataformas de reparto Delivery Hero (matriz de Pedidos Ya) y Glovo cuestionaron la denuncia de la Fiscalía Nacional Económica (FNE), que las acusó de coludirse y pidió una multa superior a los US$ 74 millones. Las empresas apuntaron a imprecisiones y contradicciones en la demanda presentada ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC).
El organismo antimonopolios dijo haber constatado que las firmas aludidas se coludieron mediante la firma de cuatro contratos de transferencia de activos, el 26 de abril de 2019, a consecuencia de los cuales se produjo la salida de Glovo de Chile y Egipto, y de Delivery Hero de Perú y Ecuador. La FNE solicitó US$ 55 millones de multa a Delivery Hero y US$ 19 millones a Glovo.
Como parte del juicio que lleva adelante el TDLC, ambas compañías presentaron objeciones en contra de la demanda de la fiscalía.
“Cualquier alegación respecto de falta de claridad u omisión de algún antecedente (...) carece de fundamento”, dijo la fiscalía.
Los abogados defensores de Glovo, del estudio Prieto, afirmaron: “El requerimiento adolece de imprecisiones y contradicciones que lo califican como inepto, haciendo imposible a esta parte el ejercicio pleno de su derecho a defensa”.
A juicio de esta compañía, la FNE omitió aspectos básicos de una acusación como es el tiempo desde el cual se habría extendido el acuerdo colusorio imputado. También señalaron que el requerimiento no es claro ni concordante entre, por una parte, los mercados en los que incidirían los hechos que fundarían su acusación (cuatro) y, por otra parte, los supuestamente afectados por la conducta imputada (el chileno).
“En el requerimiento, no existe ningún acápite referido a la forma en que los antecedentes relatados por la FNE configurarían un hecho, acto o convención que impida, restrinja o entorpezca la libre competencia, o que tienda a producir dichos efectos”, afirmó Glovo.
La defensa de Delivery Hero (Pedidos Ya), también representada por el estudio Prieto, afirmó: “La falta de claridad del requerimiento deja en una posición desmejorada a nuestra representada frente a las imputaciones y la entidad de la multa solicitada”.
Según esta compañía, la demanda no identifica con claridad cuáles serían los actos específicos celebrados entre Delivery Hero y Glovo que configurarían el supuesto acuerdo anticompetitivo, en qué fecha exacta se habrían ejecutado esos actos, ni cuál habría sido la participación activa y consciente de la empresa en su implementación o mantenimiento, en relación con el mercado nacional.
“La ausencia de precisión en los hechos imputados, la ambigüedad respecto de la infracción jurídica perseguida, y la confusa delimitación del mercado relevante, tanto en su dimensión geográfica como material, configuran un libelo jurídicamente inepto, que vulnera abiertamente los principios del debido proceso”, sostuvo.
Falta de fundamentos
La FNE pidió al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia rechazar los cuestionamientos de las empresas.
“La fiscalía ha sido clara al señalar en su requerimiento, que el acuerdo colusorio consistió en un reparto de mercados, materializado mediante la suscripción de contratos de transferencia de activos celebrados de forma simultánea el 26 de abril de 2019 para producir efectos en Chile, Egipto, Perú y Ecuador”, sostuvo.
Además, detalló que, “como se explicó en el requerimiento”, la ejecución del acuerdo tuvo lugar el 30 de abril de 2019 con la salida simultánea de Glovo de los mercados chileno y egipcio, y de Delivery Hero de los mercados peruano y ecuatoriano y se mantuvo al menos hasta abril de 2022. Por lo tanto, “cualquier alegación respecto de falta de claridad u omisión de algún antecedente que permita entender adecuadamente la acusación carece de fundamento”, sostuvo.
Con todo, aseguró que el requerimiento es “claro, completo y plenamente comprensible”, por lo que, a su juicio, cumple con los requisitos exigidos en el Código de Procedimiento Civil y el DL 211 sobre libre competencia.
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