“La sentencia judicial debe cumplirse”, reaccionó el Sindicato Nº1 de Minera Escondida ante el inédito fallo que decreta el embargo del bono de $ 8,5 millones que 105 trabajadores de la empresa recibieron en 2019, cuando negociaron como Sindicato Interempresa.
Las declaraciones de la histórica agrupación tienen especial relevancia, dado que fue dicho sindicato el que presentó una denuncia por prácticas antisindicales en 2021 por el convenio suscrito por sus compañeros, que derivó en la resolución dada a conocer este martes por DF.
“La sentencia condenatoria por práctica antisindical no sólo se dictó por la falencia formal de un requisito de quórum de negociación, sino que principalmente por cuanto la negociación que propició y desarrolló Minera Escondida tuvo por finalidad perjudicar a nuestro Sindicato de manera indebida y con clara afectación a la libertad sindical”, resumió el grupo.
Agregó: “lamentamos que dichos trabajadores ahora deban pagar las consecuencias” y marcó que el fallo “sienta el precedente que nunca una empresa debe intervenir indebidamente en el mundo sindical y también sirve de advertencia para que los trabajadores no se dejen manipular por intereses ajenos”.
Desde Escondida de BHP, comunicaron que “actuamos con total apego a la ley y la facultad que ésta confiere a los tribunales. En base a ello, acatamos esta determinación y daremos cumplimiento al fallo”.
Entre los 105 involucrados, figuran 33 mujeres y el 90% del total son operadores mina, es decir, manejan camiones, perforadoras y equipos de la faena. Cerca de un 15% tiene más de 60 años, mientras que la gran mayoría está entre los 40 y 50.
El origen de los 105
Abogados consultados y expertos en materia laboral, sostienen que el fondo de la trama obedece a una disputa por la conducción sindical al interior de la mayor faena minera privada del país.
Así lo evidencia la declaración del Sindicato Nº1, que dio cuenta del origen del conflicto: “Minera Escondida en su constante plan de levantar un sindicato paralelo que divida y debilite a nuestra organización, embarcó a un pequeño grupo de trabajadores en una acción que fue calificada como práctica antisindical”.
Sin embargo, Marcelo Fonseca, presidente del Sindicato Nº3 y uno de los 105, rememora que todos los afectados eran socios del Nº1 en 2017 y que, tras fuertes diferencias con la directiva, cerca de 15 fueron expulsados y el resto renunció a la agrupación.
“En la negociación del 2018, cuando ya estábamos afuera, el Sindicato 1 no hizo extensivos los beneficios, entonces nos transformamos en trabajadores de segunda categoría, porque no teníamos los mismos beneficios que un trabajador sindicalizado”, sostiene.
Intentaron negociar como grupo negociador, pero un recurso de protección interpuesto por el Sindicato Nº1 ante la Corte de Apelaciones invalidó el dictamen que reconocía las tratativas. Así nació el Sindicato Interempresa, que posteriormente derivó en la creación del Sindicato Nº3 a fines del año pasado.
“Nosotros no hicimos el sindicato para debilitarlos a ellos, ellos mismos lo crearon por marginarnos por pensar distinto. Si hubiesen tenido una visión real de protección del trabajador, nos habrían extendido los beneficios en 2018 y no estaríamos teniendo esta conversación, porque a nadie se le habría ocurrido hacer un sindicato distinto”, asegura a este medio.
Desde una mirada externa, el abogado, asesor sindical y exministro del Trabaj, Osvaldo Andrade, apunta a que la empresa “generó una práctica discutible” y que “no tuvo el rigor de ver que el convenio debía cumplir con ciertas condiciones”.
A la luz de las interpretaciones jurídicas en torno a si el quórum en una negociación no reglada es el mismo que el que expresa la ley para las regladas, dice que, “ante la duda, la empresa debería haberse asegurado de no correr ese riesgo y no exponer a los trabajadores que negociaron”.
Por otro lado, analiza que detrás de las acciones del Sindicato 1 hay un fundamento doctrinal, que apunta a que “si la empresa negocia de forma no reglada con un sindicato que no cumple el quórum, se transforma en un grupo negociador para los efectos de la negociación, lo que atenta contra el principio de que solo se puede hacer con sindicatos”.
El complejo embargo
De los 105 involucrados, 32 están en el Sindicato 1, 38 en el Nº3, 33 ya no trabajan en la empresa y dos fallecieron. “Respecto de los que siguen empleados en Escondida, la empresa está obligada a efectuar el embargo desde sus remuneraciones”, indica Luis Lizama, socio de Lizama Abogados.
Los procesos de remuneraciones en Escondida cierran los días 6 de cada mes, por lo que los descuentos por hasta el 50% del sueldo se verían en el próximo pago, dice una fuente conocedora del caso.
La gran duda está en qué pasará con los que ya no trabajan en el lugar y las familias de los fallecidos. En ambos casos, “habría que perseguir el dinero a través de una acción civil y no laboral”, dice Lizama.