Tras años de juicios, el tribunal laboral de Antofagasta ordenó la materialización de un fallo que, desde 2021, ha sido calificado como “polémico” e “inédito”, y que apunta a que 105 trabajadores de Minera Escondida restituyan el bono de término de conflicto de $ 8,5 millones que recibieron en 2019 cuando negociaron como Sindicato Interempresa.
Así, según dictaminó el pasado 27 de mayo el Juzgado de Letras del Trabajo de la ciudad nortina -que también hace de Juzgado de Cobranza-, el monto en cuestión deberá ser embargado desde las remuneraciones de los trabajadores, con un tope del 50% del sueldo, hasta completar la cifra.
“Es poco usual que un sindicato pida que otro deje de percibir beneficios, lo que releva un problema de conflicto sindical al interior de la empresa”, dice Jorge Arredondo.
El caso se configura como uno “nunca antes visto” en materia laboral, toda vez que fue el histórico Sindicato Nº1 de la misma Escondida el que presentó la denuncia por prácticas antisindicales en contra del convenio suscrito por sus compañeros, aludiendo a que el proceso de negociación se realizó de manera ilegal y en desmedro de su propia organización.
En noviembre de 2021, la Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió la denuncia y determinó la nulidad de la negociación colectiva no reglada llevada a cabo por la firma y el Sindicato Interempresa, tras considerar que “no se ajustó a derecho” por no cumplir el sindicato con el quórum previsto en la ley.
El caso escaló y la empresa lo llevó hasta la Corte Suprema para resguardar el convenio suscrito con los 105 empleados. Sin embargo, en enero de este año, el máximo tribunal rechazó los recursos presentados, respaldando el fallo.
US$ 8,5 millones debe restituir cada trabajador
En dicha oportunidad, el mayor sindicato de la minería chilena, con 2.400 socios, celebró: “Este resultado es un gran logro, que permite consolidar nuestra lucha en contra del intento de la empresa, coludida con un pequeño grupo de trabajadores, para afectar y dividir a nuestro gran sindicato, el que ha mantenido siempre la dignidad y la lucha sindical como baluartes incansables, acompañados por nuestros leales abogados Marco López e Ivonne Salfate en este camino que iniciamos hace muchos años”.
Fue así que, desde fines de enero hasta fines de abril, el abogado mencionado, histórico asesor sindical, tomó la posta de la implementación de la instrucción de la justicia y presentó distintos escritos ante el tribunal laboral de Antofagasta para materializar el embargo del bono. Lo que se acogió y ordenó hace dos semanas.
Respecto al argumento de la falta de quórum, que derivó en la nulidad del convenio, Luis Lizama, abogado laborista, socio de Lizama Abogados, explica que la regla del Código del Trabajo establece un quórum mínimo del 10% del total de trabajadores de la compañía para poder presentarse como grupo.
Sin embargo, “desde el punto de vista jurídico, esto es súper discutible, porque dicho quórum solo está determinado expresamente para procedimientos reglados y la negociación de 2019 fue no reglada, lo que hace que este punto sea bien controvertido”.
“La explicación que uno puede dar a este caso, es que aquí los jueces se convencieron de que hay una práctica antisindical de la empresa al negociar con un sindicato en particular para debilitar a otro que es más potente”, comenta.
Enfrentamiento sindical
La situación ha generado un fuerte ruido al interior del Sindicato 1, toda vez que de los 105 trabajadores afectados, 32 son actualmente socios de dicha organización. Del resto, 38 están en el Sindicato Nº3, dos fallecieron y 33 ya no continúan en la empresa.
“Nos llama la atención, por decir lo menos, que un tribunal laboral esté fallando en contra de trabajadores y, además, que sea nuestro propio abogado el que esté tan interesado en que la empresa recupere esa plata”, dice uno de los implicados, quien asegura que junto a otros socios evalúan su renuncia a la organización.
Cabe marcar que la mayoría de los socios que negociaron como Sindicato Interempresa en 2019, eran disidentes del Sindicato Nº1, que salieron del grupo tras fuertes diferencias a raíz de la histórica huelga de 44 días de Escondida en 2017.
“Es poco usual que un sindicato pida que otro deje de percibir beneficios, lo que releva un problema de conflicto sindical al interior de la empresa y refleja un tema de monopolio sindical, en el sentido de quién es el Sindicato que representa efectivamente los derechos de los trabajadores”, comenta sobre el caso el abogado Jorge Arredondo, socio laboral de Albagli Zaliasnik.
“Se está marcando una línea de que el Sindicato 1 no tolerará actos de injerencia o defraudación respecto de sus intereses, que es consistente con la actuación que se hizo desde un inicio, en el sentido de reclamar que este pago no tiene fundamento”, agrega.
Por su parte, Lizama también califica la situación como inédita, sobre todo por el hecho de que es un tercero -el Sindicato 1- y no la empresa, como principal interesado, la que exija la restitución del pago. “No conozco otro caso así”, dice.
Ambos expertos coinciden en que el fallo está en fase de ejecución y que ven muy improbable que los trabajadores afectados o la misma empresa puedan revertir o modificar la orden del tribunal laboral de Antofagasta.
Consultado el Sindicato 1 sobre el caso y eventuales medidas en apoyo de socios afectados, indicaron a DF que no harán comentarios públicos al respecto “ya que estamos informando a nuestros socios de estas gestiones”.