A diez años del Caso Cascadas, Julio Ponce ganó una de las batallas judiciales remanentes con las AFP.
Este miércoles, la Cuarta Sala de la Corte Suprema rechazó las respectivas demandas de indemnización de perjuicios iniciadas por las administradoras ProVida, Hábitat y Cuprum en 2015, en contra de Ponce, Aldo Motta, Patricio Contesse y sociedades vinculadas al caso.
Además, Hábitat y Cuprum habían apuntado contra el socio de LarrainVial, Leonidas Vial, y ejecutivos de esta, como Manuel Bulnes y Felipe Errázuriz.
El tribunal de máxima instancia confirmó el fallo de la Corte de Santiago, que, a su vez, había rechazado las demandas interpuestas, que solicitaban indemnización patrimonial ante el detrimento que habrían generado las operaciones bursátiles que finalmente fueron sancionadas por el entonces regulador del mercado, la Superintendencia de Valores y Seguros (hoy Comisión para el Mercado Financiero).
La Corte Suprema finalmente confirmó la determinación de las instancias anteriores, que resolvieron que no existió daño económico para las AFP, mientras que rechazó los argumentos de las administradoras, tanto en forma como fondo.
En el fallo para ProVida, por ejemplo, la máxima instancia determinó que “no se acreditó que el valor bursátil de las acciones de Oro Blanco haya disminuido el 29 de marzo de 2011 o con posterioridad; por el contrario, de acuerdo con el informe elaborado por el exSuperintendente de AFP, Julio Bustamante, concordante con el informe técnico de rentabilidad de fondos de pensiones AFP elaborado por Montblanc Consulting y revisado por Patrick Meynial, y con el informe pericial preparado por Jorge Kindermann, las rentabilidades del precio de las acciones de las sociedades cascadas fueron positivas para los inversionistas que poseían dichas acciones en el período”.
La decisión fue tomada por la Cuarta Sala del tribunal supremo, integrada por las ministras Gloria Ana Chevesich, Jessica González, la suplente Dobra Lusic, y las abogadas integrantes Fabiola Lathrop, y María Angélica Benavides.