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Publicado: Miércoles 15 de mayo de 2019 a las 04:00 hrs.
La cuarta sala de la Corte Suprema rechazó un recurso del sindicato de trabajadores de Banco Ripley por la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que declaró la incompetencia absoluta del tribunal laboral para conocer los reclamos en contra el director nacional del Trabajo para definir los servicios mínimos en caso de huelga. No obstante, el máximo tribunal del país, actuando de oficio, ordenó al juzgado laboral tramitar la reclamación de servicios mínimos del Banco Ripley. La Suprema indicó en su fallo que la Constitución “reconoce el derecho a recurrir ante el juez correspondiente para los efectos de resolver las controversias surgidas en el ámbito de la libertad sindical, contexto en el cual se inserta la problemática que aquí se trata”.
La disputa por la definición de los servicios mínimos data desde 2017, cuando el sindicato acudió a todas las instancias judiciales.
Las ganancias atribuibles a los propietarios de la controladora alcanzaron US$ 64,9 millones frente a los US$ 43,5 millones registrados en igual período de 2025. Es decir, un salto del 49,1%.
En el Ciclo 2026 de Conversaciones Entre Códigos, los abogados Paola Cifuentes y Rodrigo Guzmán también participaron en el panel que analizó el nuevo mapa regulatorio que se configura en materia ambiental.
Un levantamiento de Buk muestra que incluso entre las compañías de 200 o más trabajadores, que estarán obligadas a reportar indicadores, prácticamente la mitad nunca ha realizado el ejercicio.
El período de prueba se extenderá por seis meses y tendrá, por ahora, sólo carácter ambulatorio. La infraestructura es la primera de un proyecto de desarrollo en materia de centros asistenciales y estará dotada de tecnología de punta para exámenes, atenciones médicas y servicios ambulatorios.