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Publicado: Miércoles 15 de mayo de 2019 a las 04:00 hrs.
La cuarta sala de la Corte Suprema rechazó un recurso del sindicato de trabajadores de Banco Ripley por la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que declaró la incompetencia absoluta del tribunal laboral para conocer los reclamos en contra el director nacional del Trabajo para definir los servicios mínimos en caso de huelga. No obstante, el máximo tribunal del país, actuando de oficio, ordenó al juzgado laboral tramitar la reclamación de servicios mínimos del Banco Ripley. La Suprema indicó en su fallo que la Constitución “reconoce el derecho a recurrir ante el juez correspondiente para los efectos de resolver las controversias surgidas en el ámbito de la libertad sindical, contexto en el cual se inserta la problemática que aquí se trata”.
La disputa por la definición de los servicios mínimos data desde 2017, cuando el sindicato acudió a todas las instancias judiciales.
Desde el rubro destacaron que los cambios “entregan certezas para poder avanzar en el desarrollo de proyectos” y anticiparon que las nuevas condiciones podrían reducir los costos y el precio final de algunas viviendas.
Según el último informe del organismo fiscalizador, en 2025 se registraron 7.207 irregularidades en licencias médicas. De ellos, más de 5 mil habían salido del país con licencia médica entre 2023 y 2024.