Banco Central fija en 80% el límite de inversión en el extranjero e instrumentos soberanos para fondos generacionales y el FAPP
El ente emisor continuará monitoreando el proceso de cambios y anticipó que, de aparecer impactos relevantes o riesgos para la estabilidad financiera, evaluará posibles ajustes a los máximos.
Por: María Paz Infante
Publicado: Viernes 27 de febrero de 2026 a las 09:34 hrs.
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En el marco del proceso de implementación de la reforma de pensiones, el consejo del Banco Central dio a conocer que estableció el límite máximo de inversión en el exterior y en instrumentos soberanos aplicables a los fondos de pensiones, el que será de 80% del valor de los fondos.
Según detalló el ente emisor, estos máximos comenzarán a regir una vez que se encuentren implementados los nuevos fondos generacionales que, desde abril de 2027, reemplazarán a los actuales multifondos y se evaluarán una vez conocidos el régimen de inversión de los mismos y la gradualidad en su implementación.
Por su parte, el consejo del BC determinó aplicar los mismos límites a las inversiones del Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP).
El rol del Banco Central en esta materia tiene que ver con resguardar la estabilidad financiera, evitando que cambios abruptos en los portafolios de inversión de los fondos de pensiones -cuyo valor supera el 65% del PIB en Chile- generen disrupciones en los mercados financieros, particularmente en los tipos de cambio y en las tasas de interés.
El ente rector también comunicó que el consejo decidió mantener la política vigente para los multifondos, normativa que ha establecido los límites para inversiones en el extranjero y en instrumentos soberanos locales en los valores máximos permitidos por la ley.
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Flexibilidad y monitoreo
La decisión de fijarlos en un máximo de 80% “entrega a la Superintendencia de Pensiones y al Consejo Técnico de Inversiones (CTI) la mayor flexibilidad posible para implementar la Ley N.º 21.735 (de reforma previsional), en línea con las atribuciones que esta les confiere”.
El cuerpo legal estableció que el plazo para que el Banco Central establezca los límites es en marzo de 2026, en paralelo a la construcción del régimen de inversiones de los nuevos fondos generacionales que está llevando adelante la Superintendencia, el que deberá ser publicado oficialmente en septiembre de este año, tras pasar por la luz verde de organismos como el CTI.
En el caso del FAPP, el Central señaló que es un fondo en etapa inicial de acumulación y que en sus primeros años se abocará fundamentalmente al pago de beneficios y que con el límite establecido, se le otorga al Consejo del FAPP “la flexibilidad necesaria para administrar sus recursos de acuerdo con los objetivos definidos en la ley”.
Con todo, el ente emisor aseguró que “continuará monitoreando la implementación de la reforma previsional y del proceso de transición hacia el nuevo esquema de fondos generacionales”.
En ese contexto, anticipó que, “si este seguimiento sugiere impactos relevantes o riesgos para la estabilidad financiera, el Consejo del Banco Central evaluará oportunamente posibles ajustes a los límites establecidos, conforme a sus atribuciones y al marco legal vigente”.
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