Hacer una donación en Chile puede significar una verdadera complicación. Actualmente, la regulación está dividida en ocho partes conformadas por aproximadamente 90 cuerpos normativos y redactados en más de 1.000 páginas. Frente a esta situación, diversos expertos se han manifestado, pidiendo una ley única sobre esta materia.
El presidente de la fundación América Solidaria, Benito Baranda, destaca la importancia de crear buenos sistemas de regulación y de control. Además, recomienda que el gobierno utilice el proyecto de ley única de donaciones para señalar en qué territorios se puede aplicar la exención tributaria y así enfocar estos beneficios a las zonas con mayores dificultades.
Por su parte, el gerente general de Acción RSE, Ignacio Larraechea, recalca que “hay un tema de transparencia que nos parece que está pendiente (…) Es fundamental que las instituciones que ejecutan los proyectos declaren -y que sea un archivo público- quiénes son sus dueños, cuál es su misión y visión, cuáles son sus fuentes de financiamiento, cuál es su historial, cómo han sido calificadas en el desempeño de la realización de otros proyectos sociales, etc”. Con esta información, agrega, las empresas tendrán claridad de que quién ejecuta sea idóneo para hacerlo.
Por su parte, el abogado del Programa Legislativo del Instituto Libertad y Desarrollo (LyD) cree que lo esencial es incluir a las personas naturales. “En países como Estados Unidos, que está mucho más adelantado que nosotros en temas de donaciones, la gran esencia son las personas naturales. Por ejemplo, en Chile el promedio de donaciones por personas naturales es súper alto, pero no tienen ningún tipo de beneficio tributario. La gente hace aportes en la caja de los supermecados y de la farmacia, pero no tenemos una cultura de donaciones”.
En tanto, el abogado de Peralta, Gutiérrez & Asociados, Roberto Peralta, destacó la importancia de pensar la ley bajo las características de la empresa del siglo XXI.
Según el experto, pagar sueldos y pintar una escuela debería tener el mismo tratamiento tributario, porque es un gasto que tiene que ver con el desarrollo del negocio.
Desde su perspectiva, el Servicio de Impuestos internos (SII) debería haber aceptado esa situación, porque la norma que existe, que se dictó hace 40 años, no tiene nada que ver con la empresa de hoy.
Una normativa ideal, sostiene, debe aplicar los mismos beneficios para todos -personas y empresas- y aclarar lo que es responsabilidad social. De esta forma, las compañías lo podrían utilizar sin restricciones con el solo hecho de reconocer que aportes de este tipo son un gasto que se debe hacer igual.
Los a vance de la Ley Cubillos
El 14 de septiembre de 2011 comenzó a regir la "Ley Cubillos", una normativa pro reconstrucción que modificaba la Ley de Donaciones para la Reconstrucción y la Ley de Donaciones Sociales para simplificar y hacer más expedito el acceso a los beneficios tributarios que estas contemplaban.
En cuanto a la ley de Donaciones para la Reconstrucción, se simplificaron los procesos para hacer donaciones directas, no a través del fondo, sino que a privados y se eliminaron restricciones burocráticas. Con esto, el tiempo en trámites se reducía a la mitad.
Por su parte, la ley de Donaciones Sociales obtuvo una ampliación del límite de donaciones permitido, manteniendo el beneficio tributario correspondiente.
Además se creó un fondo permanente para donaciones destinadas a financiar futuras catástrofes, sin embargo, antes de la "Ley Cubillos" la suma de las aportes para la reconstrucción alcanzaba los $9 mil millones, cuyo 96% habían sido consignados a obras específicas y sólo un 4% fue destinado al fondo nacional de la reconstrucción, por lo que se decidió permitir que se donara directamente a obras privadas, ya que lo anterior fue una señal de que la gente prefería escoger hacia donde dirigir sus donaciones antes que destinarlas a un fondo.
Modificaciones a la Ley Valdés
Debido a la baja cantidad de donaciones a cultura por parte de los privados, actualmente se debate en el Congreso las modificaciones necesarias para hacer más eficiente lo que se conoce como la "Ley Valdés".
Entre los eventuales cambios, se encuentra la incorporación de nuevos donantes y donatarios; la extensión del plazo de ejecución de proyectos; el apego de las empresas más pequeñas -excepto las productoras audiovisuales- a las regulaciones de fundaciones y corporaciones; la inclusión de nuevos miembros al comité y concesión de nuevas atribuciones a éste mismo; la aparición de nuevos beneficios tributarios para los contribuyentes, dependiendo del tipo de impuesto del que se trate; y la liberación del impuesto a las donaciones, y el trámite de insinuación incluso en el caso de que se superen los límites fijados en el proyecto de ley.
Respecto a esto, el secretario ejecutivo del Comité Calificador de Donaciones Culturales, Óscar Agüero, destacó la importancia de ampliar los contribuyentes y beneficiarios de estas donaciones, agregando que aún no se ve clara una fecha para que dicho proyecto sea aprobado, ya que estando en el segundo trámite constitucional en la comisión de Hacienda del Senado, aún no se pueden apreciar bien las opiniones de los parlamentarios.