Enrique Munita: “Negociación ramal ha demostrado ser un desastre en todo el mundo”
Abogado del comité laboral de Sofofa analiza la reforma laboral del gobierno y plantea que trabajadores puedan negociar individualmente pactos de adaptabilidad.
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En el último consejo general de la Sofofa, el abogado de Philippi, Prietocarrizosa & Uría, Enrique Munita, expuso a los consejeros presentes sobre los alcances del proyecto de reforma laboral. La temática cruzó gran parte de la reunión, donde se analizaron diversos aspectos considerados negativos de la iniciativa que preocupan a los privados.
El también miembro del comité laboral de los industriales -y quien participara en el diseño de la propuesta que Hermann von Mühlenbrock planteó en la Cámara de Diputados-, es categórico en decir que la reforma afectará la economía, que es inconstitucional y vulnera tratados internacionales y convenios de la OIT.
Además, rechaza la idea de avanzar en la llamada negociación ramal, que impulsa la CUT y un grupo de diputados de la Nueva Mayoría.
- ¿La reforma laboral equilibra o desnivela la cancha en el mercado?
- Es un proyecto completamente pro sindical, que tiende a generar una sindicalización forzosa, que limita los derechos de los trabajadores en forma individual, que los obliga por la vía económica a incorporarse a los sindicatos, lo cual va a tender a fortalecer los sindicatos en desmedro de libertades y derechos fundamentales de los trabajadores, en abierta contradicción con tratados internacionales de derechos humanos, por convenios de la OIT y nuestra Constitución Política.
Creo que es un proyecto que va a rigidizar las relaciones laborales, a colectivizarlas, a generar más conflictos y eventualmente conducir a una falta de control sobre entidades que van a ser muy poderosas como los sindicatos, sin los debidos controles a sus gobiernos y directivas, sin auditorías, con grave riesgo a que se pierda el verdadero interés en proteger los derechos de los trabajadores para transformarse en grupos de poder fáctico, con completo desprecio a los derechos de las personas.
- ¿Si el proyecto afecta derechos fundamentales, es factible que sea impugnado?
- Además de ser inconstitucional, nos deja fuera en el ámbito internacional del cumplimiento de los derechos trabajadores, incluyendo convenios de la OIT. También se afecta la libertad de las personas al impedirse que los trabajadores decidan libremente no participar de una huelga, pues va a estar prohibido el descuelgue completamente. Hay una discusión sobre la existencia del derecho a huelga, hay autores que lo consideran como un derecho fundamental. Si existe este derecho quienes lo estudian dicen que este tiene dos dimensiones: uno colectivo, que es el derecho de la organización sindical a ir a huelga o no, y el derecho de los trabajadores que es individual a la huelga que implica que si se quiere se adhiere o no la huelga, con el cual se puede no participar del inicio o restarse de la huelga en cualquier momento. Este proyecto no respeta ese derecho en su faceta individual y es contrario a lo que ocurre también en las democracias europeas, en Canadá y Estados Unidos.
También hemos sido inducidos a que el reemplazo en huelga está prohibido en todo el mundo, lo cual no es cierto, hay países exitosos como Estados Unidos y Alemania donde sí existe el reemplazo en huelga. En EEUU hay plena posibilidad de reemplazo y en Alemania se puede hacer reemplazo interno y se puede contratar reemplazo externo por la vía de outsourcing cuando la paralización de la empresa es completa por la movilización. Y justamente las economías donde no existe el reemplazo en huelga tienen menos desempleo.
También se vulnera la libertad de los trabajadores a asociarse en grupos distintos a los sindicatos, llamados grupos negociadores. Este es un aspecto que a los trabajadores chilenos les interesa, según las encuestas. El tribunal supremo español considera que la negociación por grupos era tan legítima y apropiada como la negociación por sindicatos y que impedirla es contrario a la libertad sindical.
Otro aspecto que afecta los derechos de los trabajadores y de las empresas está dado por la intervención excesiva de la Dirección del Trabajo.
- ¿Cómo se puede corregir la vulneración de derechos que hay en el proyecto?
- Lo principal es evitar la afiliación forzada producto de que la extensión de beneficios quede en manos del sindicato por la vía de su consentimiento. Los beneficios deberían extenderse automáticamente al resto de los trabajadores en una negociación colectiva, sin que tengan que formar parte del sindicato y sin pago alguno de la cuota. También debieran tener la posibilidad de participar en una huelga, independientemente de si su sindicato lo aprueba o no, y debiera evitarse la intervención excesiva de la DT por mediaciones y arbitrajes forzosos. Debería favorecerse una negociación directa entre las partes y sólo llegar a terceros en casos muy necesarios.
Un aspecto esencial es que se reconozca que la contraparte de las empresas son los trabajadores.
Adaptabilidad laboral
- ¿Ve algún punto positivo dentro del proyecto?
- La adaptabilidad laboral nos parece positiva, pero es excesivo que deba negociarse con quórum que en un inicio es de 65% de afiliación sindical, el cual no se asemeja al de ningún país de la OCDE, allí las tasas de afiliación sindical son de menos de 20%. Debería existir completa libertad para que negocien de manera individual los trabajadores, reconociéndoles sus derechos, su capacidad para acordar lo que estimen conveniente a sus intereses, como también vía grupos negociadores. Se debería poder pactar estos acuerdos con completa libertad y eventualmente con alguna supervisión de la autoridad laboral si fuera necesario, no veo razón alguna para limitarlo sólo a los sindicatos.
- ¿Es riesgoso que haya presiones para avanzar en negociación ramal?
- La negociación ramal ha demostrado ser un desastre en todo el mundo, la tendencia en Europa es mudarse hacia la negociación por empresa. En España ha primado la negociación por empresas por sobre la ramal. En Francia e Italia también se ha ido imponiendo la negociación por empresa, la cual tiene mayor capacidad de adaptabilidad. Avanzar en este tema afectaría principalmente a las pequeñas y medianas empresas porque las condiciones suelen fijarlas las grandes empresas, eso afectaría la libertad de competencia y de iniciativa económica.