El Tribunal de Propiedad Industrial (TDPI) confirmó dos sentencias de primera instancia que rechazaron las demandas de oposición presentadas por Celulosa Arauco y Constitución, ligada al grupo Angelini, contra la inscripción de la marca Aramco, solicitada por la petrolera estatal Saudi Arabian Oil Company.
Al no haber sido presentada apelación ante la Corte Suprema dentro del plazo legal, el fallo del TDPI quedó firme, consolidando la inscripción de la marca Aramco en el país. Consultada Arauco, no se refirió al tema.
Desde el inicio de la disputa, esta última compañía (filial de Empresas Copec, que a su vez maneja la principal cadena de venta de combustibles en el país) había cuestionado el registro aduciendo que la similitud entre ambas denominaciones -Arauco y Aramco- podía inducir a error en los consumidores, dado que solo difieren en una letra.
Aramco -representada por el estudio Silva- defendió su posición argumentando que su marca corresponde a un acrónimo de Arabian American Oil Company. Además, acusó a la contraparte de subestimar la capacidad cognitiva del consumidor medio.
En su resolución, el TDPI sostuvo que no existen semejanzas gráficas ni fonéticas relevantes entre los signos, más allá de compartir ciertas letras.