“Esperábamos una sentencia diferente”, comenta el abogado representante del SEA ante el TC, Gonzalo García. Expresa que la determinación del tribunal de que no había una contienda de competencias “es no entrar a zanjar el problema y yo creo que se debió haber entrado a zanjar, porque es un problema que va a permanecer”.
El también exministro del TC, criticó que el 1TA indicara que el requerimiento presentado por el SEA configuraba un “conflicto artificial”, “una apreciación de mala fe” y que su objetivo era la “dilación”. “Esas cosas están desmentidas por este fallo y me parece importante decirlo”, destacó. Al respecto, subrayó que la solicitud fue declarada admisible, hubo un voto a favor y la sentencia reconoce que hubo motivo plausible para alegar. “Es una contienda de competencia completamente razonable”, defiende el profesor de derecho constitucional de la UAH.
Ante las recriminaciones del 1TA, responde: “Dos meses y medio, que fue lo que tardó el TC en dar respuesta, no es ‘dilación’ en ninguna parte y, lo más relevante, este conflicto está muy lejos de ‘ser artificial’, porque el propio fallo reconoce que es un problema sistémico de la legislación ambiental”.
“Ahora -agregó-, creo que a partir de las conclusiones del fallo se vuelve más agudo el problema sistémico, porque vuelve el espacio de recursos en la legislación ambiental mucho más estrecho después de esta sentencia”.
Así, el caso de Dominga, a su juicio, “va a ser conocido, más allá del efecto propio del proyecto, como un antes y un después en el ejercicio de las facultades discrecionales y regladas en materia ambiental, eso es evidente”.