Claro demanda a Movistar por competencia desleal
En la demanda asegura que la española tiene un modelo sistemático de actuación, con un único e ilícito objetivo final: no permitir la operación de servicios Móviles con tecnología 5G de Claro Chile, para desplazarla del mercado 5G o, al menos, retrasar su entrada.
- T+
- T-
Claro Chile presentó una demanda de juicio sumario ante el 18° Juzgado Civil de Santiago, acusando a Telefónica de haber incurrido en dos clases de conductas de competencia desleal.
En un comunicado, la empresa acusa que - a su juicio- Movistar abusó del ejercicio de acciones judiciales y administrativas para entorpecer la realización de un nuevo concurso 5G e impedir el ingreso de ClaroVTR al mercado para prestar servicios móviles de esta nueva tecnología, y evitar el cambio o portabilidad de clientes desde Movistar hacia Claro, entrabando -de acuerdo a lo señalado- el ejercicio del derecho a elección de los consumidores a través de vías ilegítimas.
La empresa acusó que Movistar abusó del ejercicio de acciones judiciales y administrativas para entorpecer un nuevo concurso de 5G.
Respecto de lo primero, Claro denunció que desde 2018 y hasta 2024, Telefónica desarrolló una estrategia global para entorpecer el inicio de la operación de servicios 5G de Claro en Chile en la banda 3.5 GHz. En la demanda asegura que la española tiene un modelo sistemático de actuación, con un único e ilícito objetivo final: no permitir la operación de servicios Móviles con tecnología 5G de Claro Chile, para desplazarla del mercado 5G o, al menos, retrasando su entrada al mercado de prestación de servicios 5G el mayor tiempo posible, provocándole graves daños a su posición competitiva.
Según la demanda, esta estrategia se ha basado en la presentación de un entramado de innumerables acciones legales que obedecen a un diseño orquestado, “con el fin de proteger y aumentar su clientela, y evitarse tener que incurrir en inversiones para competir, reduciendo artificialmente la intensidad competitiva de dicho mercado en su beneficio, en perjuicio de Claro y de los consumidores”.
Cabe recordar que en agosto de 2023, frente al nuevo e inminente concurso 5G, Telefónica ingresó una “Segunda Consulta de Caps o límites de tenencia de espectro ante el TDLC” (que fue a su vez retirada por Movistar durante julio 2024), esto -según lo comunicado por ClaroVTR- "con el fin de inhibir su realización".
"Posteriormente y frente al lanzamiento del nuevo concurso público 5G bajo la excusa de supuestas deficiencias en las bases del concurso público, Movistar inició dos procedimientos paralelos con el fin de evitar que se realizara el concurso público o, a lo menos, retrasar este proceso. Pese a no estar interesada en participar en el concurso dado que ya contaba con espectro 5G, con el fin de detener el concurso público, Telefónica presentó simultáneamente una medida prejudicial precautoria ante el TDLC, y un recurso de protección en contra de la Subsecretaría de Telecomunicaciones ante la Corte de Apelaciones, acompañado de una orden de no innovar que buscaba paralizar el Concurso. Ambas acciones fueron contundentemente rechazadas", señaló ClaroVTR.
Según se desprende de la demanda, esta seguidilla de acciones legales comenzó en 2018, cuando Telefónica hizo una consulta ante el TDLC sobre la ejecución de ciertas normas técnicas de la Subtel, con el objeto de evitar que Claro utilizara su antigua concesión de 3.5 GHz para servicios móviles 5G. En 2020, Movistar interpuso un recurso de reposición administrativo en contra del informe de pertinencia de Subtel para impedir que Claro participara en los concursos 5G y obtuviera una nueva concesión en la banda 3.5 GHz. Ese mismo año, Telefónica Chile ingresó una nueva consulta e interpuso una medida prejudicial precautoria sobre las bases de los concursos 5G de 2020.
Asimismo, en 2022, en el marco del joint venture entre Claro VTR, Telefónica solicitó ante el TDLC que se obligara a Claro a desprenderse de la mayor cantidad de espectro posible. Y poco después interpuso un recurso de reposición contra la resolución que permitía a Claro utilizara su antigua concesión en 3.5 GHz para servicios móviles.
Dos conductas desleales
La segunda clase de conducta de competencia desleal destinada a desviar clientela de Claro que alega la demanda dice relación con una serie de técnicas ilícitas utilizadas por Telefónica para entrabar el proceso de cambio o portaciones de clientes desde Movistar a Claro.
Claro efectuó una auditoría y revisión de los procesos de portabilidad durante noviembre de 2024 y se percató- de acuerdo a la mexicana- de un incremento de respuestas de rechazo emitidas por Movistar, informando acerca de la existencia de supuestas deudas de clientes, que los dejaban inhabilitados para cambiarse de compañía. "A contar del día 6 de noviembre, se presentó una tasa extremadamente alta e irregular de rechazo a solicitudes de portación desde Movistar hacia Claro por dicho motivo: lo normal es que se observe un promedio de 10% de rechazos, pero alcanzó el 37% en noviembre de 2024, y mantuvo en niveles inexplicablemente elevados durante los días siguientes, a pesar de habérsele informado de esta situación a Movistar".
Para Claro, "hay una evidente intención de desviar la clientela de la compañía, capturando o reteniendo indebidamente a usuarios que han presentado solicitudes de portación en forma legal. Conductas que, según consigna la demanda, no sólo atentan contra la libre competencia, sino que también infringen el Reglamento de Portabilidad y vulnera la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores".
Claro explica en su demanda que su objetivo con la presentación de la acción legal no es en ningún caso vindicativo, sino preventivo: la compañía no quiere seguir lidiando con un agente económico que busca de mala fe excluirla o entorpecer su operación, para desviar clientela de modo ilícito. De acuerdo a lo comunicado, Claro sólo busca que la competencia se lleve adelante en términos leales y que “Telefónica cese sus ardides y abusos del derecho a accionar”.