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Publicado: Jueves 25 de junio de 2020 a las 04:00 hrs.
El presidente de la República, Martín Vizcarra, dio un ultimátum a las clínicas privadas: si no se logra un acuerdo en las próximas 48 horas en las tarifas que cobrarán al Estado por el uso de los servicios de las Unidades de Cuidados Intensivos (UCI), el gobierno aplicará el artículo 70 de la Constitución de la República, que permite la expropiación de la propiedad privada.
¿Qué dice el artículo? Que “el derecho de propiedad es inviolable. El Estado lo garantiza. Se ejerce en armonía con el bien común y dentro de los límites de ley. A nadie puede privarse de su propiedad sino, exclusivamente, por causa de seguridad nacional o necesidad pública, declarada por ley, y previo pago en efectivo de indemnización justipreciada que incluya compensación por el eventual perjuicio. Hay acción ante el Poder Judicial para contestar el valor de la propiedad que el Estado haya señalado”.