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REGÍSTRATE AQUÍBorrador detalla las exigencias de la autoridad para que bancos pidan utilizar sistemas propios.
Por: Equipo DF
Publicado: Viernes 14 de febrero de 2014 a las 05:00 hrs.
Como parte de los cambios normativos en torno a la gestión de riesgo de crédito, la Superintendencia de Bancos (SBIF) puso en consulta ayer, y hasta el 14 de abril próximo, un nuevo capítulo que ingresará al Capítulo B-1 del Compendio de Normas Contables de la entidad.
Mientras hoy los bancos deben desarrollar modelos internos sin tener la opción de utilizar la normativa estándar, con esta modificación normativa las entidades podrán optar.
El borrador publicado ayer determina los requisitos mínimos que exigirá la SBIF para que los bancos soliciten la evaluación de sus sistemas internos de riesgo de crédito, los cuales determinan las provisiones por riesgo de crédito.
De ser aprobados estos modelos, las entidades podrán realizar, por sí mismas, la estimación de los parámetros que determinan el monto de las provisiones por riesgo de crédito. En caso de no cumplir con estos requisitos, las provisiones deberán
ser determinadas utilizando los parámetros definidos por el modelo estándar de la SBIF, lo que podría implicar que los bancos desembolsen varios cientos de millones de dólares.
En caso que un banco no reúna los requisitos mínimos para utilizar sistemas internos para efectos de determinar provisiones, deberá hacerlo según lo establecido en el modelo estándar.
La SBIF ya publicó una metodología base, en diciembre del año pasado, para el cálculo de las provisiones de hipotecarios. En esa oportunidad, adelantó que próximamente también pondrá en consulta un modelo estándar para créditos de consumo y créditos comerciales que se no se evalúan individualmente
En esta nueva normativa, el regulador explicita las características que debe tener un sistema interno de gestión de riesgo de crédito, entre las que están: definir el apetito por riesgo y la administración de exposiciones y reportes de comunicación efectiva de éstas, entre otras.
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