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Publicado: Viernes 19 de febrero de 2016 a las 04:00 hrs.
Es ayudar a otro a enmendar lo errado, mediante una advertencia, amonestación o reprensión. La advertencia correctiva procede cuando el otro ignora inculpablemente un hecho que puede provocarle daño: puente o camino cortado, agua o alimento contaminado, un profesional carente de título o de idoneidad, un proyecto de inversión potencial o ciertamente ruinoso. Se amonesta (tarjeta amarilla) cuando el otro ha cometido una falta menor: una reincidencia podrá costarle expulsión (tarjeta roja). La reprensión presupone una culpa o riesgo indebido de mayor cuantía, que pone al sujeto en situación de peligro y daño para sí mismo y para los demás: se impone una sacudida enérgica, palabras fuertes que remezcan la conciencia y muevan a retomar el camino recto.
Queda así documentado que corregir es un deber moral y puede ser una obligación jurídica: “los padres serán siempre responsables de los delitos o cuasidelitos cometidos por sus hijos menores, y que conocidamente provengan de mala educación, o de los hábitos viciosos que les han dejado adquirir”, advierte luminosamente el art. 2321 del Código Civil. Y cada día se conocen fallos que condenan al Estado o a una empresa por omisión del debido cuidado: no pusieron toda la diligencia exigible en razón del bien jurídico que les correspondía tutelar.
Corregir al otro es también un deber evangélico, promulgado expresamente por Cristo en Mateo 18,15. A diferencia de Caín, que alega ante Dios no ser responsable de la suerte de su hermano, cada ser humano está llamado a ponerse en lugar del otro y hacer por el caído o desvalido todo lo que uno espera que otros hagan en su propio favor. Antes de ser fiscal acusador y juez castigador, soy ángel protector del hermano en desgracia. Y su desgracia mayor, su ruina espiritual y fracaso personal por excelencia es caer y permanecer en el pecado. Por eso, “si tu hermano peca, ve y repréndele, a solas tú con él”. ¿Por qué primero a solas? Por delicadeza y por estrategia. Se respeta su pudor del alma y se le abre el camino a reconocer su culpa en un ámbito de discreta privacidad. “Si no te escucha, convoca todavía a uno o dos”. La presencia de testigos advierte al pecador que su culpa está siendo gradualmente conocida y ya no podrá alegar “es su palabra contra la mía”. Y “si no les hace caso, díselo a la comunidad”: la comunidad cuida con vigilante amor a uno de los suyos. Antes de castigarlo quiere ayudarlo a enmendarse para que sea el que es: hijo de Dios.
La corrección fraterna es arte y limosna espiritual. Requiere eximia prudencia y exquisita delicadeza: atributos del amor. Quien te ama te corrige. Si no te corrige, es porque tú no le importas y él se ama a sí mismo más que a ti.
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