El litigio de las MetaBirkins -interpretaciones virtuales del bolso Birkin de Hermès- comercializadas en el metaverso bajo NFT (sigla de tokens no fungibles), es decir, certificados digitales únicos de propiedad de un activo digital en blockchain, sentó un precedente en el uso no autorizado de marcas y la jurisdicción de estos entornos digitales inmersivos. Pero no es lo único, se suman ciberdelitos y fraudes que incluso llevaron a la Interpol a crear el primer metaverso para investigar este tipo de ilícitos.
Los visores de realidad virtual pueden capturar datos, lo que habilita un “perfilamiento biológico comercializable” y suplantaciones de identidad “muy efectivas”.
La directora de Innovación y Tecnologías de Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (PPU), María Jesús Ibáñez, señaló que en el mundo no existe una regulación específica para los metaversos -salvo algunas enfocadas en la protección de entornos digitales a nivel general o reglamentos sobre criptoactivos-, lo que complica la resolución de conflictos legales, debido a que las plataformas fijan jurisdicciones en sus propios términos y condiciones.
“El problema es que con el proceso de blockchain -ante una transacción- y de la tokenización de activos (representación de un activo físico en un archivo digital) empezamos a sacar las relaciones jurídicas del metaverso y las trajimos al mundo real, y este es un problema complejo”, comentó.
Ibáñez indicó que hoy existen criterios de “presencia digital”. Por ejemplo, si una empresa acepta pagos en moneda local o acceso desde IPs de ese país, permiten llevar a juicio a estas plataformas en tribunales locales, aunque estén domiciliadas en Islas Caimán, Singapur o Emiratos Árabes. Explicó que los NFT pueden certificar la propiedad de activos digitales como bienes raíces virtuales, arte digital o piezas musicales, y se utilizan para vender “cosas que técnicamente nunca fueron tuyas. En los metaversos generalmente cedes automáticamente derechos perpetuos sobre tus creaciones, es la solución imperfecta a un problema de propiedad digital”, señaló.
Según la abogada, casos como el de las MetaBirkins, llevaron a grandes marcas a modificar sus estrategias de propiedad industrial, llevándolas a inscribirse en “polos de preocupación digital”, como Tailandia, y “pasar de preocuparse de los dominios web a los dominios NFT”.
Datos sensibles y contratos inteligentes
Ibáñez dijo que los metaversos son un “caldo de cultivo” para la recopilación de datos sensibles, desde patrones de consumo hasta información biométrica.
Explicó que los visores de realidad virtual y dispositivos pueden llegar a capturar datos de seguimiento ocular e incluso señales cerebrales, lo que habilita un “perfilamiento biológico” comercializable y expone a los usuarios a suplantaciones de identidad “muy efectivas”.
“La preocupación con los datos va mucho más allá de las preferencias de consumo que pueda captar un metaverso. Estas plataformas acumulan data conductual profunda. Lo que proyectas en tu avatar revela tu autopercepción; tus elecciones exponen preferencias de género o inclinaciones políticas; y los dispositivos con sensores de seguimiento ocular capturan información biométrica íntima, incluso saben qué te atrae antes que tu cerebro consciente lo procese”, afirmó la abogada.
En tanto, la directora de Ventas de Sophos para Sudamérica, María Claudia Ardila, señaló que aunque no existen cifras vinculadas a ciberdelitos en los metaversos, los principales riesgos radican en la vulnerabilidad de los dispositivos y en la suplantación de avatares.
“Cuando se crea el avatar, luego toca interactuar en ese mundo, compartir información y hasta realizar transacciones, lo que trae otro tipo de riesgos, como phishing (suplantación de identidad) y fraudes. En una transacción con criptomonedas, por ejemplo, se expone información personal como las tarjetas de crédito. Además, con los deepfakes (archivos de imagen, voz o video alterados con inteligencia artificial para que parezcan reales), en el metaverso es más difícil validar que algo no está siendo coherente, y no se sabe quién está detrás del avatar de otra persona”, comentó.
La ejecutiva agregó que la falta de regulación y la “informalidad” en los metaversos lleva a que los usuarios deban utilizar “sus propias estrategias de defensa” ante amenazas, y añadió que la sofisticación de los ataques en el mundo físico, al ser trasladados a los entornos virtuales, dificultan la detección de suplantaciones y fraudes.
Ibáñez dijo que otro de los riesgos y el “corazón” de los metaversos, son los contratos inteligentes, es decir, un código en blockchain que ejecuta contratos sin intermediarios e irreversibles, por ejemplo, para automatizar transacciones.
“Esa irreversibilidad que los hace revolucionarios es también su talón de Aquiles. Si el contrato inteligente tiene un bug (error de software) o es malicioso, no hay cómo revertir la operación y firmar uno podría vaciar tu billetera. Por suerte, ahora existen herramientas para detectar contratos sospechosos, aunque el riesgo cero no existe”, dijo.
La abogada agregó que, en el caso de Chile, el desafío es “encajar” las nuevas figuras delictivas -como contratos inteligentes maliciosos, phishing 3D o fraudes con NFT- dentro de las categorías que ofrecen las leyes de Delitos Informáticos y Marco de Ciberseguridad.
“Si no lo logramos, seremos territorio libre para la experimentación criminal”, comentó.