Tal como lo comprometió el ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, el Ejecutivo ingresó a trámite este miércoles al Congreso los vetos supresivos a tres artículos del proyecto misceláneo despachado a ley por la Sala del Senado el pasado martes. La comisión de Hacienda de la Cámara inició esta misma jornada su tramitación, aprobándolos por amplia mayoría.
Los tres vetos se votaron en un solo paquete y se aprobaron por 10 a favor y tres en contra, de parte de los diputados Boris Barrera (PC), Daniel Manouchehri (PS) y Carlos Bianchi (indep. PPD). El presidente de la comisión, el republicano Agustín Romero, señaló que la Sala podría votar estas normas el lunes próximo y en el oficialismo se manifiestan tranquilos, ya que están convencidos de que están los votos para echar abajo estos los artículos vetados.
Los temas vetados son los mismos que Quiroz adelantó el martes: el artículo 32 que se refiere a la prohibición absoluta al anatocismo financiero (el cobro de intereses sobre intereses); el artículo 39 relativo al derecho al olvido financiero; y, el artículo 40 que se refiere a la prohibición universal de pactos de pago superiores a 30 días.
Coincidencias entre el BC, la CMF y el Ejecutivo
A la sesión de la comisión asistieron, además del titular de la cartera, Jorge Quiroz, su par de Economía y Minería, Daniel Mas; las presidentas del Banco Central y la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), Rosanna Costa y Catherine Tornel, respectivamente; y el representante de la Coordinación de Gremios Pyme, Héctor Sandoval.
Todos ellos coincidieron con los argumentos entregados por el Ejecutivo para presentar los vetos. Por lo pronto, Costa concluyó que de mantenerse los artículos relativos al anatocismo y olvido financiero “el crédito será más caro y escaso para todos”; mientras que Tornel llegó a la misma reflexión de su predecesora, asegurando que estas normas provocarían “reducir los créditos y hacerlos más caros”.
Por su parte, Sandoval defendió el Registro de Pacto, asegurando que “no es una buena medida eliminar esta opción, porque nos va a traer más problemas que beneficios”.
Como es lógico, el ministro Quiroz apoyó los vetos en términos similares a la argumentación contenida en el texto analizado por la comisión; que, por otra parte, se fundamentaba en minutas emanadas tanto del Banco Central como de la CMF, entre otras. Pero también enfatizó que estos artículos que el Ejecutivo decidió vetar no comparten la idea matriz del proyecto, por lo que serían inadmisibles.
Contenido de los vetos
Así, en materia de anatocismo, el documento aclara que la CMF hizo presente a Hacienda que la prohibición afectaría negativamente el funcionamiento de los depósitos a plazo renovables, la posibilidad de repactación de créditos, los créditos con período de gracia, las líneas de crédito y los créditos con cuotas variables, “por cuanto todos estos productos requieren, en mayor o menor medida, de la capitalización de intereses para su normal funcionamiento”.
Y que la imposibilidad de capitalizar intereses, en caso de incumplimiento, afectaría la recuperación esperada de la cartera crediticia, lo que se traduciría en un incremento generalizado del costo del crédito, tanto para quienes cumplen sus obligaciones como para quienes no lo hacen.
Además, se señala que el Banco Central ha sostenido que prohibir el anatocismo “no necesariamente reduciría el costo del crédito para las personas” y que, en cambio, su prohibición podría incidir al alza en la Tasa Máxima Convencional.
Además, sostiene que el ordenamiento vigente contempla “límites razonables” al anatocismo, orientados a proteger a las personas frente al sobreendeudamiento, tales como la Tasa Máxima Convencional, el Registro de Deuda Consolidada y la regulación sobre pago mínimo en tarjetas de crédito.
En cuanto al derecho al olvido financiero, el artículo vetado establece, entre otras cosas, que “los responsables del tratamiento de datos personales de carácter económico, financiero, bancario o comercial deberán eliminar de sus registros internos o de comunicación a terceros lo referido a deudas impagas o extinguidas de personas naturales cuando la deuda se hubiera hecho exigible o se hubiere extinguido hace más de cinco años”; pero el gobierno también plantea que el ordenamiento jurídico vigente ya contempla una solución específica y equilibrada para la preocupación que dice perseguir el artículo aprobado; y, que “la indicación entra en conflicto con un conjunto de obligaciones legales de conservación documental, cuyo cumplimiento se hace imposible bajo la eliminación que propone”.
PYME y pago a 30 días
Por último, en relación con la prohibición universal de pactos de pago superiores a 30 días, con las PYME, el Ejecutivo argumenta que lo aprobado “elimina en su integridad la posibilidad de pactar acuerdos excepcionales de pago en materia de facturas y, adicionalmente, reduce los plazos de pago aplicables al Estado en su calidad de comprador” que actualmente permite la legislación. A ello suma que la prohibición de estos acuerdos puede generar “efectos inconvenientes para las pequeñas y medianas empresas”, en línea con lo argumentado por el representante del sector en la comisión.