Un total de 32.522 requerimientos de Atenciones Psicológicas Tempranas, un mecanismo de apoyo que entrega contención y orientación especializada a trabajadores que denuncian situaciones de acoso, ha recibido la Asociación Chilena de Seguridad (Achs) desde el debut de la Ley Karin -en agosto de 2024- y junio pasado.
De ese número, el 81,2% corresponden a acoso laboral, seguido por hechos de violencia en el trabajo (15,9%) y acoso sexual (3%). El fenómeno presenta una marcada concentración en mujeres -las que explican el 73,1%-, mientras que solo el 26,9% de los requerimientos lo protagonizan hombres.Por sectores, la distribución es la siguiente: comercio y retail (22,5% de los casos), educación (19,4%), organismos gubernamentales y municipios (18,4%), servicios de salud (10,7%) e industria (10,4%).
Para la directora de estudios de la Achs, Isabel Contrucci, la experiencia de estos dos años “demuestra que la Ley Karin ha instalado un nuevo estándar para la prevención del acoso y maltrato laboral en las organizaciones chilenas”.
Desde su mirada, el hecho de que la entidad haya recibido en este tiempo más de 32 mil requerimientos de atención psicológica “refleja una mayor disposición de las personas a buscar apoyo a través de los mecanismos de protección disponibles”.
Sin embargo, a su juicio, los datos muestran que el principal desafío “está en la construcción de ambientes laborales saludables y en dar mayor peso a la prevención, incorporando capacitación, detección temprana y fortalecimiento de las capacidades internas de las organizaciones”.
Desde la entidad, añadió, “seguiremos acompañando este proceso mediante asesorías, formación y apoyo psicológico oportuno, contribuyendo a que los lugares de trabajo sean cada vez más seguros y saludables”.
Sello Ley Karin
La Achs desde el inicio acompaña a sus entidades adheridas para la implementación de una guía y una serie de instructivos, herramientas y protocolos para obtener un sello de implementación de la Ley Karin en dos niveles. El primero considera el cumplimiento de las disposiciones legales, mientras que el nivel 2 reconoce la implementación de buenas prácticas. Con este sello se busca consolidar el cumplimiento de la ley, enriquecer su ejecución y ejemplificar la gestión responsable para eliminar, mitigar y controlar los riesgos de acoso y violencia en el trabajo.
Cambios al reglamento
Prontamente se conocerá el nuevo reglamento de la ley, el cual traerá consigo varias modificaciones.
Entre ellos destaca la incorporación de herramientas para enfrentar eventuales denuncias falsas.
Hace unos días, el subsecretario del Trabajo, Gustavo Rosende, explicó que se fortalecerán los reglamentos internos para que, cuando se acredite un uso doloso del sistema, los empleadores puedan aplicar las sanciones que ya contempla el Código del Trabajo, desde amonestaciones hasta el despido en los casos más graves.
Al mismo tiempo, recalcó que una denuncia que no logre acreditar acoso no será considerada automáticamente una denuncia falsa.
Junto con ello, el nuevo reglamento buscará hacer más eficiente la aplicación de la normativa mediante mecanismos que orienten tempranamente las denuncias que no correspondan a acoso, violencia o acoso sexual, derivándolas -con el respectivo acuerdo del denunciante- a procedimientos más adecuados, entre otros cambios.