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"Tasa para el desarrollo social" a las utilidades de grandes grupos: la propuesta de los contadores como alternativa al impuesto al patrimonio

En carta enviada al ministro Marcel, el colegio profesional expone mejoras a la reforma tributaria, señalando que “dadas las deficiencias técnicas en el diseño del impuesto al patrimonio, es que planteamos una propuesta más focalizada y que genera menor distorsión económica”.

Por: Rodolfo Carrasco | Publicado: Jueves 20 de octubre de 2022 a las 11:35 hrs.
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El Colegio de Contadores envió esta semana una carta al ministro de Hacienda, Mario Marcel, en que si bien valoran las indicaciones presentadas recientemente a la reforma tributaria por el Ejecutivo, sostienen que aún son necesarios una serie de cambios tendientes a perfeccionar el texto, sobre todo buscando “incorporar ajustes adicionales pro inversión y crecimiento económico” en aspectos como el denominado impuesto al patrimonio.

El presidente de la comisión tributaria de la entidad, Juan Pizarro, planteó en la misiva que dadas las "deficiencias técnicas" que dicen detectaron en el diseño del impuesto al patrimonio y su impacto "negativo" para el ahorro e inversión, plantean una propuesta "más focalizada" y que genera "menor distorsión" en las decisiones económicas.

¿Cuál es esta idea? Un "impuesto de contribución social", que gravaría a los negocios "más rentables, eliminando muchas de las distorsiones del impuesto al patrimonio”. 

Esta “tasa de contribución de desarrollo social” gravaría con 3% las utilidades netas anuales consolidadas de grupos empresariales de grandes empresas, que tengan un patrimonio consolidado superior a los US$ 100 millones y una rentabilidad sobre el patrimonio promedio en los últimos tres años superior a 6% y menor a 15% en el ejercicio comercial que se aplica el impuesto; y un tasa de 5% si el Retorno sobre Patrimonio (ROE, sigla en inglés) promedio de los tres últimos años supera el 15%. El impuesto se aplicaría sobre la rentabilidad superior a 2,5%, que se entiende una rentabilidad libre de riesgo, de modo que se aplique a las utilidades extraordinarias que se generen.

El impuesto de contribución al desarrollo social de 3% será un impuesto adicional al impuesto corporativo de 27% y, según lo planteado por el colegio profesional, aplicará solamente en el caso de grupos de empresas con utilidades extraordinarias, las que realizarán una mayor contribución al desarrollo social.

Precisan que no aplicará a grupos de empresas familiares, ya que en general tiene menor rentabilidad respecto a grandes grupos empresariales y menos opciones de acceso en condiciones competitivas al mercado de capitales para financiar su inversión. A modo de ejemplo, mencionan que se verían afectas a este tributo sectores como energía, bancos, minería, commodities, y retail.

Impuesto al patrimonio

A nivel de impuesto al patrimonio, la misiva de los contadores afirma que "se requieren ajustes importantes", como aplicar rebajas en su base para no afectar activos productivos, ya que el impuesto al patrimonio constituye un tributo que influye directamente en la rentabilidad de dichos activos invertidos.

"En efecto, dependiendo de la rentabilidad de los activos, el impuesto al patrimonio puede incorporar una pesada carga que podría llegar a una tasa integrada de impuesto corporativo, más impuesto dividendo e impuesto al patrimonio, del 50% según las últimas indicaciones; esto sería un desincentivo al ahorro y la inversión. Es así que los pocos países que lo aplican deben realizar ajustes relevantes a la base, por ejemplo, no afectar activos productivos de empresas familiares (que son el 80% de las empresas en Chile), afectando solo los activos invertidos en el extranjero. Proponemos por tanto eximir de la base imponible del impuesto al patrimonio las participaciones en acciones y derechos sociales en empresas familiares, tal como ya existe en España", explica el documento.

Con respecto a la tasa de 2,5% a los impuestos asociados a utilidad retenida en sociedades de inversión pasiva, proponen que no afecte a sociedades de inversión cuyos flujos estén vinculados en más del 50% con sociedades operativas.

El impuesto al patrimonio y a las utilidades acumuladas -afirman-, "no es neutral para emprendedores, es un impuesto al stock y no al flujo de efectivo". Y agregan que las startups, cuya valorización puede lograr cifras importantes, se verán afectadas negativamente con este impuesto, limitando los incentivos para potenciar en Chile empresas de la nueva economía. Proponen, por tanto, que se excluyan de la base imponible del impuesto al patrimonio las participaciones en acciones y derechos sociales en empresas emprendedoras e innovadoras de la nueva economía o startups.

El impuesto a las ganancias de capital para acciones con alta presencia bursátil establecido en 10% con la ley de financiamiento de la PGU, el cual sube a 22% en el proyecto de reforma tributaria, según el Colegio de Contadores resta competitividad al sistema tributario.

"Es una tasa superior al promedio de la OCDE de 19%; debilita la competitividad de nuestro sistema tributario y, adicionalmente, no entrega incentivos al ahorro e inversión", enfatizan.

Así, el colegio propone que la tasa no sobrepase el promedio OCDE de países del cuartil inferior de ingreso per cápita y, además, cuando la inversión permanezca por más de dos años se mantenga vigente la tasa actual de 10%, lo que permitirá competir por atraer inversión.

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