Hace algunos días comenzaron a llegar a directores y ejecutivos de las sociedades Cascada estas citaciones. Y según comentan abogados representantes de algunos de quienes han sido convocados, el documento enviado por la Fiscalía Centro Norte no tomó por sorpresa a nadie, debido a que la investigación por el eventual delito de falsificación de instrumento privado estaba en la mira del Ministerio Público desde hace algún tiempo.
Tal como adelantó Diario Financiero en julio pasado, ciertas inconsistencias detectadas entre las actas de directorio de algunas de estas compañías habrían originado una nueva arista de indagatorias por parte de la Unidad de Delitos de Alta Complejidad de dicha fiscalía, en la que se encuentra radicada la arista penal del caso Cascadas.
Por ejemplo, una de las “diferencias” se habría presentado en un acta de sesión extraordinaria de Inversiones Pampa Calichera, en la que se trató la venta por más de US$ 281 millones de acciones de SQM-A.
Es por ello que el Ministerio Público, entre sus primeras diligencias dentro de esta investigación, habría decidido citar a declarar como testigos a varios de los integrantes de las mesas, además de Aldo Motta, quien es gerente general de Pampa Calichera y Norte Grande, y ex gerente de Oro Blanco y de Potasios; a quienes se suma Claudia Morales Boza, abogado secretaria del directorio.
A diferencia de lo que sucedió con las declaraciones contempladas en los períodos probatorios de la SVS, en esta ocasión no es voluntario presentarse a declarar, por lo que se espera una masiva concurrencia hasta el Centro de Justicia.
Por qué sería la siguiente
A pesar de que existen diversas aristas del caso Cascadas que están siendo analizadas por la fiscalía, lo cierto es que entre las razones que explican que ésta haya decidido darle una especial dedicación a esta variante está en que las pruebas que serían consideradas para llevar adelante la investigación no deben ser reconstituidas, cosa que sí ocurre con gran parte del expediente que fundamentó el proceso administativo realizado por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS).
Cabe recordar que la resolución de la SVS involucró las mayores multas en la historia de la entidad, las que en su conjunto totalizan US$ 164 millones.
Se espera que próximamente el regulador dé a conocer la decisión respecto a si hace uso de su facultad sancionatoria con el resto de quienes recibieron formulaciones de cargo, entre ellos Banchile Corredora de Bolsa, Cristián Araya Fernández; a Citigroup Global Markets y a su representante legal Fabio Gheilerman, a Linzor Asset Management (hoy CHL Asset Management Chile) y a su representante legal Canio Corbo Atria, por una serie de operaciones realizadas durante 2009, 2010 y 2011.
Sin embargo, la mayoría de dichas transacciones ya caducaron, por lo que la SVS no podría sancionar pero sí derivar los antecedentes al Ministerio Público.
Qué dice el Código Penal
Según el artículo 197 del Código Penal, el que, con perjuicio de terceros, cometiere en instrumento privado alguna de las falsedades designadas en el artículo 193 (entre ellas faltar a la verdad en la narración de hechos sustanciales y alterar las fechas verdaderas), sufrirá las penas de presidio menor en cualquiera de sus grados y multa de once a quince sueldos vitales, o sólo la primera de ellas según las circunstancias.
En qué van los recursos
El plazo de vencimiento de los recursos de reclamación por la sanción de la SVS, que en un comienzo vencía en diez días hábiles a partir de la notificación de la Superintendencia, dependería, en la práctica, de cuándo ésta defina su posición frente a los recursos de reposición presentados por los defensores de los multados. Lo anterior, porque a partir de ello, comenzarían a correr cinco días hábiles para presentar el recurso en tribunales, por cuanto las partes que aún no han entregado los documentos en este sentido, y en particular Julio Ponce Lerou, buscarían aprovechar al máximo el período otorgado, y comienzos de octubre es la fecha tentativa. Lo anterior se sustenta, además, en la extensión de lo emitido por el regulador para justificar su multa, y así responder a las más de 700 páginas sobre la materia.