Justicia rechaza recurso de ATI que buscaba que el Estado compensara valor relacionado a construcción de galpón de concentrado de cobre
Corte de Apelaciones confirmó que la Empresa Portuaria de Antofagasta (EPA) no está obligada a pagar el "valor residual" de obras realizadas por Antofagasta Terminal Internacional.
Por: Karen Peña
Publicado: Martes 12 de octubre de 2021 a las 11:40 hrs.
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La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó un recurso de apelación presentado por Antofagasta Terminal Internacional (ATI) que tenía como objetivo que la Empresa Portuaria de Antofagasta (EPA) le devolviera el "valor residual" de dos proyectos. Uno de ellos, el galpón de acopio de concentrado de cobre, el que está ubicado al interior del puerto.
Así, la instancia judicial ratificó que la estatal no está obligada a pagar el "valor residual" de una serie de obras realizadas por ATI, sociedad ligada a Saam del grupo Luksic, perdiendo nuevamente el intento para revertir el fallo.
Según consigna El Mercurio de Antofagasta, ATI y EPA llegaron a una instancia arbitral luego de que la primera pidiera que EPA le pagara alrededor de US$ 66 millones por los proyectos "Refuerzo Sitio 6 y Mejoramiento y Extensión Sitio 7 del Puerto de Antofagasta" y "Proyecto Terminal de Recepción, Acopio y Embarque de Concentrado de Cobre Sierra Gorda Sociedad Contractual Minera (SCM)". Esto, ya que -según ATI- ambos quedarán en manos de EPA una vez terminada la concesión.
Sin embargo, desde ATI aclaran que sería una cifra menor y no el valor del costo de las obras.
Y, si bien el pago por parte de EPA del "valor residual" de las obras está establecido en el contrato y se calcula descontando del costo inicial su depreciación, la justicia no consideró que se habían cumplido los requisitos para materializar este pago.
De acuerdo al mismo medio, en primera instancia y luego la Segunda Sala del tribunal de alzada falló a favor de la estatal al desechar que los trabajos realizados se aparten de los términos del contrato de concesión alcanzado por las partes en 2003, el cual tenía como fin el desarrollo, mantención y explotación del frente de atraque del puerto de Antofagasta.
Las intenciones de ATI, se agrega, se basaba en que la infraestructura desarrollada en el puerto quedara para provecho del Puerto de Antofagasta. Esto, a pesar de haberse construido en el caso del galpón, en el marco del contrato con otra emoresa privada, Minera Sierra Gorda.
Sin embargo, para la justicia, no hubo por parte de ATI información clara hacia EPA respecto a la intención que se pretendería obtener "valor residual" por estas obras una vez realizadas.
"La lógica más elemental lleva a concluir que ATI, al momento de comenzar su proyecto de construcción del galpón y accesorios, en compromiso con una empresa minera para la carga o descarga de material, debió efectuar una prevención o mención relacionada con la idea que se trataba de un aporte de infraestructura como requisito para iniciar el procedimiento para obtener el valor residual", se señala en la sentencia que fue recogida por El Mercurio de Antofagasta.
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