Construcción

Corte Suprema ordena a proyecto en Punta Puyai ingresar a revisión ambiental

Esto, pese a que iniciativa no requería someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

Por: Magdalena Arce L. | Publicado: Jueves 27 de diciembre de 2018 a las 04:00 hrs.
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Un inédito fallo se dio a conocer este lunes, luego de que la Tercera Sala de la Corte Suprema dictaminara que Altos de Puyai, proyecto inmobiliario que por Ley no necesita contar con evaluación ambiental, ingresara de todas formas al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

“Dado que los hechos narrados indican que puede existir un riesgo para la preservación y protección del medio ambiente, el proyecto inmobiliario Altos de Puyai debió ingresar al SEIA (...) Se ha decidido que el proyecto ingrese en consulta de pertinencia”, dijo la Corte en el escrito.

Un total de tres recursos de protección interpusieron vecinos de Papudo (Valparaíso) en contra de la Dirección de Obras Municipales (DOM) de dicha comuna y del consorcio Punta Puyai y Prohabit -desarrolladores del proyecto inmobiliario-, pues a su juicio, la iniciativa supone “severos riesgos para el ecosistema debido a la alta intervención que proyecta la empresa”.

La destrucción de caminos de acceso a otros condominios y de las vías de evacuación en caso de maremoto, son algunas de las acusaciones. También la destrucción de vegetación del lugar, tanto la nativa, como los árboles que bordeaban el camino destruido, “generando gran cantidad de polvo y ruido, poniendo en riesgo las viviendas del entorno al destruirse el cerro, sin precaver los daños ambientales originados, sin que la DOM hubiera tomado acción para impedir y remediar dichas irregularidades”, se señala en el escrito.

A juicio de Paloma Infante, abogada que lidera el área de Regulación y Medio Ambiente de Morales & Besa, el fallo crea incertezas para proyectos futuros.

“Este fallo establece que los proyectos susceptibles de causar impacto ambiental no son solo aquellos listados en el artículo 10 de la Ley 19.300, y por tanto, no excluye que otros proyectos deban también ser evaluados en el SEIA”, explica Infante.

Agrega que el pronunciamiento del máximo tribunal presenta errores de concepto. “Existe una confusión por parte de la Corte Suprema de los conceptos, ya que las consultas de pertinencia son precisamente previas al ingreso al SEIA y sirven para determinar si un proyecto debe ingresar o no. Lo segundo, es que deja abierta la posibilidad de que estas consultas puedan comenzar a efectuarse vía denuncias ciudadanas. Y finalmente, le da un carácter vinculante a dichas consultas, cuestión que la Contraloría ha negado de manera persistente”.

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