Las propuestas de Piñera para poner fin a lo que llamó “cultura del amiguismo y pituto”
Por: Equipo DF
Publicado: Viernes 6 de julio de 2018 a las 04:00 hrs.
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El presidente Sebastián Piñera detalló ayer los puntos centrales del proyecto de ley de integridad pública, que busca regular la contratación de parientes en el Estado y ampliar las inhabilidades hasta un año para desempeñarse en el sector privado tras haber pertenecido al mundo público.
Así, se plantea que exministros de Estado, exsubsecretarios y exjefes de servicios no puedan realizar lobby o gestión de intereses durante doce meses ante la misma institución en que trabajaron. “Si alguien se desempeñó en un ámbito evidentemente tiene contactos y amigos y se le da una ventaja. Conozco casos en que la gente vende sus servicios en base a sus contactos y no su capacidad”, dijo.
Piñera sostuvo que “queremos desterrar la cultura del amiguismo, del pituto, del operador político; y restablecer en plenitud la cultura del funcionario público competente dedicado al servicio de los demás y no de sí mismo”.
En cuanto a contrataciones, se busca que todas se hagan en base al principio del concurso público, del mérito y el esfuerzo. Cuando se relacione con un pariente de tercer grado de consanguineidad o segundo grado de afinidad, deberá pasar por un filtro de idoneidad, que será el Servicio Civil de la ADP.
Piñera precisó las normas de probidad y transparencia se extenderán a otros organismos del Estado, como la Contraloría General de la República, por lo que se restringirá la facultad de contratación sin restricciones del contralor.
Las nuevas normas también competen al Congreso: “Se va a prohibir el desempeño en la Cámara de Diputados y el Senado de personas que estén ligadas mediante matrimonio, Acuerdo Unión Civil o parentesco de consanguinidad hasta tercer grado y segundo grado de afinidad de forma de aplicar esta norma en el parlamento”.
Respecto al cese de funciones en el sector público, se propone que ministros, subsecretarios y jefes superiores de servicios, no puedan prestar servicios o adquirir participación en la propiedad de entidades que hayan sido sujetas de fiscalización en la institución en la que esa persona se desempeñó.
Además, se incluyen normas para que parlamentarios no puedan recibir remuneraciones ni honorarios de fuentes distintas a la dieta del congreso, con excepción para labores académicas. Las asignaciones parlamentarias deben ser utilizadas en forma exclusiva en las tareas propias del ejercicio del cargo.
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