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REGÍSTRATE AQUÍEl proyecto sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de activos de empresas y personas.
Por: Diario Financiero Online
Publicado: Martes 7 de mayo de 2013 a las 09:32 hrs.
En condiciones de ser analizado por la Sala del Senado, quedó el proyecto que sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de activos de empresas y personas, iniciativa más conocida como "ley de quiebras".
Ello, luego que la Comisión de Hacienda despachara las indicaciones relativas a su competencia en el texto que se encuentra en primer trámite y que en lo sustancial, moderniza el proceso de quiebra y lo extiende también hacia las personas naturales.
Cabe recordar que previamente, las Comisiones Unidas de Constitución y Economía ya habían analizado el texto legal.
De acuerdo a lo explicado por el presidente de dicha instancia, el senador Andrés Zaldívar, este proyecto representa "un profundo cambio en la legislación relativa a término de empresas. "Se cambia el sentido del proceso de quiebra porque existirá quiebra para las empresas, pero también se acogerán a ella los deudores personales. Así, se incorpora a las personas como titulares de quiebra por reorganización de patrimonio", explicó.
Asimismo, el parlamentario enfatizó el hecho que la iniciativa busca evitar que efectivamente una empresa cese sus funciones. "Hoy la ley indica que el sentido de la quiebra es liquidar los activos para pagar a los deudores. El nuevo sentido será que el que entra en proceso de falta de liquidez, el primer esfuerzo irá a reactivar el negocio, y de no ser posible, se generará un acuerdo para liquidar los activos".
Respecto a los derechos laborales, el legislador indicó que la quiebra se entenderá como causal de término de contrato puesto que en el caso de haber liquidación, el primer esfuerzo iría a pagar las obligaciones que se le adeudan a los trabajadores, y luego se cancelaría a los acreedores.
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