Economía y Política
Suprema pide a gobierno complementar informe financiero de proyecto de firma digital
“El requisito de sellado de tiempo significará un mayor costo para el Poder Judicial”, señala oficio enviado al Senado.
Por: Equipo DF
Publicado: Viernes 21 de septiembre de 2012 a las 05:00 hrs.
Por Rodolfo Carrasco M.
Un oficio al Senado hizo llegar la Corte Suprema con su postura respecto del proyecto de ley que modifica la normativa sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, presentado recientemente por el gobierno al parlamento y que tramita la Cámara Alta.
En el documento de cinco páginas, firmado por el presidente del máximo tribunal, Rubén Ballesteros, se pide complementar el informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, respecto de los costos que la normativa podría implicar para el Poder Judicial.
El texto señala que la firma electrónica avanzada se está utilizando en la Corte para la emisión de oficios y formularios de órdenes y contraórdenes de detención en los sistemas informáticos habilitados al efecto, y que en la actualidad a los documentos de los órganos públicos para tener la calidad y valor de instrumento público les basta la firma electrónica.
Precisan que el proyecto en discusión cambia lo anterior y exige, para que tales documentos tengan la calidad de instrumento público, que se extienda con el denominado sellado de tiempo, esto es, con la asignación por medios electrónicos de la fecha y hora en que se suscribe un documento electrónico con la intervención de un prestador acreditado de servicios de certificación, quien da cuenta de la exactitud e integridad de la marca de tiempo del documento.
Así, de aprobarse el proyecto, los documentos electrónicos de los órganos públicos, entre ellos el Poder Judicial, para tener valor como instrumento público, deberán ser extendidos con firma electrónica avanzada y sellado de tiempo. En esta situación quedan autos acordados, resoluciones judiciales y oficios dictados por tribunales ordinarios y especiales.
Con lo anterior señala que “el requisito de sellado de tiempo significará un mayor costo para el Poder Judicial, atendido que la definición del mismo parte de la premisa de la intervención de un tercero, al cual deberá solicitarse para que provea de este servicio”.
Agregan que según el artículo 11 del proyecto tal exigencia “es un servicio separado del de certificación electrónica avanzada, que podrán prestar las certificadoras acreditadas, y que consiste precisamente en atestar la fecha y hora de la firma, lo cual significa un servicio permanente cada vez que se utilice la firma acreditada, cuyo valor se desconoce ya que la exigencia es nueva”.
Por lo mismo solicitan complementar el informe financiero presentado por Hacienda dado que éste no hace referencia al Poder Judicial y en la actualidad este poder del Estado tiene contratada una determinada cantidad de firmas electrónicas avanzadas y de aprobarse el proyecto y para poder utilizar tales firmas en documentos electrónicos, deberá además contar con el requisito de sellado de tiempo de dichas firmas.
En todo caso -precisan- “se estima que lo más relevante es que sigue siendo opcional para los órganos públicos, en este caso el Poder Judicial, la utilización de firma electrónica. Ahora bien, en el caso del Poder Judicial, lo único obligatorio es que, tomada la decisión de usar la firma electrónica y tratándose de autos acordados y resoluciones judiciales y oficios, debe necesariamente tratarse de firma electrónica avanzada (acreditada ante un certificador) y con sellado de tiempo, que como se dijo, es una herramienta nueva cuyos costos e implicancias no es posible determinar en este momento”.