El expresidente y el exgerente general de la Compañía Puerto Coronel rechazaron ante la justicia una millonaria demanda en su contra iniciada por el que es el mayor terminal marítimo de la región del Biobío, propiedad de los grupos Angelini, Von Appen y Belfi).
La compañía acusó de “distracción ilícita de fondos” y de “daño a su reputación empresarial” al expresidente del directorio Eduardo Hartwig, al otrora gerente general Javier Anwandter y al exgerente de Administración y Finanzas Daniel Chamorro, junto con antiguos proveedores de la compañía: Víctor Olivares, Transolv, Hernán Romero, Caryher y Delsava.
A fines del año pasado, Hartwig fue acusado de sobornos a autoridades, como el alcalde de Coronel, Boris Chamorro, y de pagos irregulares tanto a él mismo como a ejecutivos de la compañía.
La hipótesis del Ministerio Público se basa en que el expresidente del directorio de la compañía, Harwig, habría generado pagos periódicos de dinero a Chamorro, durante mayo de 2022 a noviembre de 2023, sosteniendo que éste “los aceptó y recibió”, mientras ejercía el cargo de jefe comunal.
La defensa de Hartwing ha señalado que Chamorro solicitó dinero para “obras o donaciones” y que “ninguno de estos pagos” tuvo como objetivo obtener beneficio, ya sea para la compañía o el ejecutivo, o generar un perjuicio al patrimonio público.
El sentimiento
En su demanda de indemnización, la defensa de Puerto Coronel apuntó a conductas desplegadas concertadamente entre los demandados, las que, aseguró, consistieron básicamente en distraer fondos desde la empresa para la creación de “fondos reservados”, sin el consentimiento, el conocimiento ni menos la autorización del directorio y accionistas de la compañía, y de forma subrepticia.
La compañía solicitó a la justicia que condene a todos los acusados al pago de $ 1.508 millones por daño emergente y $ 6.812 millones a título de daño moral de la persona jurídica. Sobre este último punto, la firma dijo que los hechos relatados no solo le provocaron un perjuicio material, sino también un daño a su imagen, reputación y buena fama comercial.
En su respuesta, el abogado de Hartwig, Cristián Sáez, negó que el exdirectivo haya ideado y/o participado de mecanismos fraudulentos mediante los cuales supuestamente se distrajeron fondos desde Puerto Coronel y que se hayan utilizado a proveedores con el fin de crear dichos mecanismos fraudulentos y facilitado la emisión de facturas por servicios no prestados, entre otros puntos.
“El puerto ha decidido, por razones desconocidas a esta parte, omitir dos hechos fundamentales: los principales beneficiados con este esquema defraudatorio -en la versión de la demandante- no serían ninguno de los demandados, sino políticos locales ligados a la I. Municipalidad del Coronel (nos referimos al actual alcalde Boris Chamorro Rebolledo y al concejal Eduardo Araya Segovia) y dirigentes sindicales, dependientes del Puerto Coronel, los señores Guillermo Jaque, Raúl Cabeza, Tomás Soto y David Guerrero”, dijo la defensa de Hartwig.
Ésta añadió que el propio demandante, en sede penal, ha deslizado que la motivación para realizar los pagos a los dirigentes sindicales, habría sido “dejarlos tranquilos”. En otras palabras, dijo el abogado del exdirectivo, con el objeto de evitar paralizaciones que perjudicaran económicamente al puerto.
Además, el abogado de Hartwig presentó una contra demanda, solicitando que la justicia establezca que, del total percibido por el exdirectivo o a través de su sociedad Inversiones Codegua en el periodo 2019-2023 (por pagos efectuados por Puerto Coronel, el equivalente a 3.300 UF, o la cifra mayor o menor que en derecho se determine), correspondieron a la dieta que se le pagó o debió pagar en su calidad de director de la empresa y, en consecuencia, que tales desembolsos son legítimos y se encuentran ajustados a derecho.
A su turno, Mario Rojas, abogado de Javier Anwandter, también solicitó a la justicia rechazar la demanda. Además, formuló una reserva de acciones en contra de la compañía, señalando que la demanda “contiene imputaciones injuriosas que agravian el buen nombre” del exejecutivo.
“Al contrario, mientras el señor Anwandter se desempeñó en la empresa ésta tuvo resultados operacionales y económicos extraordinariamente positivos; por lo que Puerto Coronel S.A. debiere en realidad felicitarlo y no demandarlo; pero la debida gratitud no es el tipo de sentimiento que se advierte en el libelo que respondo y que pido sea rechazado con ejemplar condena en costas”, dijo el jurista.