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Caso Pollos: multados tienen plazo hasta el martes para acudir a la Corte Suprema

Por: Juan Manuel Villagrán S. | Publicado: Miércoles 1 de octubre de 2014 a las 05:00 hrs.
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Hasta el próximo martes las firmas avícolas y el gremio que el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) sentenció por colusión tienen plazo para acudir a la Corte Suprema para tratar de impugnar dicho fallo.

Hasta el momento, Agrosuper, Ariztía y la Asociación de Productores Avícolas (APA) anunciaron que reclamarán, mientras que Agrícola Don Pollo sigue evaluando sus opciones, sin definir aún si recurrirán al máximo tribunal.

La situación para esta última empresa no es sencilla, pues se expone a una resolución que en lo económico podría ser incluso peor que lo determinado por el TDLC, lo que incluso podría comprometer la solvencia de la empresa.

El abogado de Don Pollo, Andrés Rioseco, expuso esta situación durante los alegatos del caso, cuando dijo que la multa máxima que permite la ley (unos US$ 25 millones) que solicitaba la Fiscalía Nacional Económica (FNE) era desproporcionada e injustificada.

"Proporcionalmente, sería aplicar la multa más alta del mundo y tendría como efecto más probable la eliminación de Don Pollo del mercado, afectando la competencia futura y perjudicando así a los consumidores", dijo el profesional en ese momento. De hecho, este último punto fue uno de los pocos que el TDLC no le concedió la FNE, ya que sancionó a Don Pollo con un monto menor, de unos US$ 10 millones.

La justificación del tribunal fue que si bien el beneficio de esta firma por un sobreprecio de un 3% (cifra conservadora) a raíz de la colusión entre 1994 y 2010 fue "cercano a la multa máxima aplicable", consideraron prudente determinar las multas observando los niveles totales de ingresos de las empresas requeridas, durante el último año de la conducta (2010).

Lo anterior, con el fin de respetar el principio de proporcionalidad de las sanciones y considerar la capacidad de pago de las compañías, de ahí que la multa de Don Pollo fue menor que la de Agrosuper y Ariztía, pues implica un "límite prudencial de un 10% del volumen total de negocios de la compañía en el último año", dijo el TDLC.


Rol de la FNE
"El fundamento de la capacidad de pago de una empresa para rebajarle la sanción es inédito en los fallos del TDLC", comentan conocedores del caso.

A juicio de estas fuentes, el máximo tribunal no podría por oficio elevar la multa de Don Pollo para igualarla a las otras empresas. Añaden que ello podría ocurrir si la FNE se hace parte de las reclamaciones con su propio recurso, considerando que pidieron el monto máximo.

Fuentes ligadas al caso comentan que si Don Pollo llega a la Suprema, será un caso difícil de analizar para esta instancia judicial, porque el espíritu del sistema es que este tipo de sanciones no sean expropiatorias o que provoquen la quiebra de una empresa.

Esto, dicen en la industria, incluso podría suceder con la multa vigente, razón por la que también sería factible pensar que la Suprema pudiese reducir la sanción de esta firma. Precisamente, esto estaría analizando la defensa de Don Pollo, previo a tomar una decisión.

Tribunal Constitucional Otro flanco que podría abrirse, explican fuentes del caso, es un recurso ante el Tribunal Constitucional (TC) una vez que se activen las causas en la Suprema. Esto sucedió antes, en el caso de colusión de empresas de buses, cuando Pullman Bus recurrió a dicha instancia. Finalmente, la Fiscalía Oriente esperaría el fallo de la Suprema para reabrir la arista penal del Caso Pollos.

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