Por José Carlos Prado
En los próximos días se debería instalar una comisión entre el Ministerio de Economía y diputados de todas las bancadas para consensuar cambios a la actual regulación aérea. La idea, dicen quienes conocen de cerca la preparación de esta instancia, es acordar una modificación a la normativa que regula a las aerolíneas en materias relacionadas con los derechos de los pasajeros.
En la actualidad se tramitan tres proyectos de ley al respecto, razón por la cual parlamentarios y el gobierno tratarán de aunar criterios para un futuro cuerpo legal.
En este intento, se citará a exponer a los distintos actores involucrados en esta materia, por lo que se pedirá la asistencia de las aerolíneas y organizaciones de consumidores, entre otras.
Y es que en la instancia se buscará regular uno de los principales modelo de negocio de las aerolíneas, la segmentación tarifaria.
Uno de las iniciativas que ya está ingresada al Congreso pretende establecer la posibilidad de que los pasajeros puedan cambiar fechas y destinos en el contrato de transporte.
Dicho proyecto, de diputados oficialistas, pretende incorporar en el Código Aeronáutico la siguiente restricción: “El transportador no podrá ofrecer precios o clases diferenciadas que limiten la posibilidad de los pasajeros de modificar, con una anticipación mínima de quince días, la fecha del vuelo o el punto de partida o destino”. En la actual normativa no existe ninguna regulación al respecto.
Otro de los proyectos, apoyado por parlamentarios de oposición y un oficialista, pretende “eliminar de la Ley sobre Derechos del Consumidor la excepción relativa a su incumbencia en contratos de transporte aéreo y además agregar un párrafo adicional que contemple una regulación íntegra de los derechos que debieren tener los usuarios del transporte aéreo”. Para ello, la iniciativa contempla obligaciones de las aerolíneas para informar con al menos 4 horas de anticipación, la suspensión, retraso o cancelación del vuelo a los pasajeros.
Además, recalca que en casos “excepcionales que facultan para no iniciar el vuelo según lo previsto, no eximirán al transportador de indemnizar a los pasajeros los perjuicios que les ocasione el traslado anticipado o innecesario al terminal, a menos que acredite que ha prestado dicha información oportunamente o que ha intentado razonablemente hacerlo”. Uno de los cambios más relevante de este proyecto tiene que ver con la forma en que se promocionan los vuelos y los cambios a los que están sujetos. “Toda solicitud de cambio de pasajes por una fecha y hora distintos deberá ser informado al transportador con al menos 24 horas de anticipación por cualquier medio fehaciente debiendo, el mismo, respetar las condiciones pactadas en el contrato inicial con la expresa prohibición de aumentar el valor de la tarifa pactada, incluidas las tasas adicionales cobradas”.
El tercer proyecto, de autoría de senadores independientes y de oposición, busca que el titular de un pasaje aéreo pueda transferirlo libremente, porque “no parece lógico que ante un impedimento o cambio en las condiciones de un viaje por motivos de salud u otros” no lo pueda hacer en la actualidad.