Sigue a pie firme la ofensiva de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Esta vez, la entidad fiscalizadora sancionó a Enel con una multa de 120 mil Unidades Tributarias Mensuales (UTM), es decir, más de $ 8.200 millones, por infringir tres aspectos de la Ley de Electrodependientes. Lo anterior, durante los cortes de suministro eléctrico de agosto del año pasado.
En concreto, la compañía incumplió -a juicio de la Superientendencia- tres aspectos de la Ley de Electrodependientes: infracción a la obligación de entregar equipos de respaldo a los pacientes; ausencia de priorización en la reposición del servicio eléctrico; y falla en los canales de atención preferente.
Según explicó en un comunicado la entidad fiscalizadora, pudo constatar que los sistemas especiales de atención telefónica para personas electrodependientes colapsaron durante los días más críticos del evento, impidiendo una respuesta rápida y efectiva a sus llamados. Se registraron más de 590 llamadas no atendidas, sin que se habilitaran mecanismos alternativos eficaces.
Asimismo, la entidad fiscalizadora recoge un informe técnico elaborado por una universidad nacional que verificó que la empresa contaba con menos de 500 equipos de respaldo para más de 2.300 personas registradas como electrodependientes, lo cual era insuficiente para cubrir toda la demanda. La investigación también permitió -precisan- constatar que el registro de clientes estaba desactualizado y que contenía personas fallecidas.
Pero es más. La SEC sostiene que se acreditó también que, al menos un caso de las personas electrodependientes falleció sin contar con suministro eléctrico ni con el equipamiento necesario para respaldar su dispositivo medico, permaneciendo más de dos días sin energía al momento de su deceso.
Añaden que la plataforma telefónica de atención preferente falló también en los momentos más críticos. A pesar de tratarse de un canal exclusivo para personas electrodependientes, sus llamadas fueron derivadas a sistemas generales de atención, sin prioridad ni capacidad de respuesta. Entre el 1 y 31 de agosto de 2024, se recibieron más de 5.400 llamados, de los cuales 2.900 no fueron atendidos.
En este contexto, recalcan, se observó que Enel proporcionó información que daba cuenta que había retirado tres equipos de respaldo antes de los primeros cortes, y que habría entregado otros 72 equipos, pero en un período muy posterior a las interrupciones del servicio e incluso de los antecedentes aportados por la empresa "se pudo advertir que la empresa habría retirado, al menos seis equipos de respaldo a pacientes electrodependientes, los que de acuerdo a los registros, permanecían aun sin suministro eléctrico".
La sanción se suma a los $ 19 mil millones que multó la entidad fiscalizadora a la firma de capitales italianos por los extensos cortes de electricidad en el invierno pasado.
Obligación de distribuidoras
En el escrito, la superintendenta de Electricidad y Combustibles, Marta Cabeza, sostuvo que “es relevante que las empresas eléctricas respeten la legislación vigente en materia de electrodependientes, pues estos pacientes requieren de la energía para sobrevivir. No estamos hablando de electricidad para ver TV o cargar un celular, sino de energía para poder seguir respirando, por lo que el cumplimiento debe ser mayor, y en este caso vimos que esta empresa no cumplió con aspectos relevantes de la Ley”.
Cabeza añadió que esta sanción busca reforzar la obligación de las empresas distribuidoras de actuar con diligencia, anticipación y responsabilidad frente a contingencias que puedan afectar la seguridad de las personas, especialmente cuando están en juego condiciones médicas que requieren un suministro eléctrico continuo.