”No quedará nada que defender si la fusión de SMU-SdS se aprueba”
Oscar Corvalán, abogado de Inmobiliaria Tres Ríos, ligada a ex dueños de Supermercardos Único, pide que se rechace la operación.
Por: Equipo DF
Publicado: Lunes 6 de mayo de 2013 a las 05:00 hrs.
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Hoy en la Corte Suprema se realizarán los alegatos a la fusión de la cadena SMU con Supermercados del Sur (SdS), aprobada en diciembre pasado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC). Uno de los principales opositores a la operación es la Inmobiliaria Tres Ríos –del grupo Jano, ex Supermercados Único-, cuya defensa encabezada por el abogado Oscar Corvalán pidió al máximo tribunal que rechace la operación debido a que ésta permitirá “la concentración del 93% del supermercadismo chileno en sólo tres empresas. A costa de la desaparición de SdS, SMU alcanzaría un 28,3%”.
El abogado afirmó que “la autorización de esta fusión ha sido un error. Sobre todo porque la resolución aprobatoria está cruzada por una voz alarmante –del propio Tribunal– que alerta sobre los graves e irreversibles efectos que la fusión tendrá sobre el supermercadismo chileno”. Corvalán señala que la decisión del TDLC consolida el cierre a la entrada de nuevos competidores. “El TDLC ha sido claro en señalar que ya no es posible entrar con tamaños de empresas mucho menores a las que ya operan. Y nuestra jurisdicción de defensa de la libre competencia no se puede resignar a ello”.
Uno de los temores a la fusión son las ventajas de costo. “Los grandes operadores tienen tal volumen de compra y con ello obtienen tal nivel de descuento de los proveedores, que para un nuevo competidor, llegar a este mercado sin esa ventaja, significa tener amenazada su competitividad”, explica.
Mitigaciones
Sobre las medidas de mitigación ordenadas por el TDLC, señala que “la venta de 21 locales de un total de 542 que posee SMU resulta marginal e inefectiva al propósito”.
También le preocupan los posibles efectos en los precios al consumidor. “Lo ha dicho el propio TDLC en precedentes sobre concentración de este mercado: la disminución de competidores en el ámbito local produce ‘en términos esperados y estadísticamente significativos, un aumento en los precios al consumidor final’. (…) Por ello resulta muy difícil de entender que esta fusión haya sido aprobada”.
Función preventiva
De ser aprobada la fusión por la corte les preocupa que no se puedan detectar posibles malas prácticas. En la resolución que aprobó la fusión, el TDLC admitió que “en este mercado no siempre se podrá castigar un comportamiento anticompetitivo, porque son difíciles de detectar”, dice y agrega que cuando se llega a ése punto lo que corresponde es “que la jurisdicción antimonopólica ejerza su función preventiva impidiendo una fusión que debilita las estructuras competitivas”. De no ejercerse, agrega, sólo quedará actuar “cuando el daño ya esté hecho, a través de requerimientos de la FNE o demandas de particulares, es decir iniciando juicios que han llegado a durar cuatro años y cuyo resultado puede ser incierto”. Y si los ilícitos no son detectados, dice que no tendremos mas alternativa que aprender a vivir con ellos. “Así la cosas, no quedará nada que defender si la fusión SMU-SdS finalmente se aprueba”.
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