El viernes 26 de septiembre, las defensas del exalto mando de LarrainVial Activos imputados por el Caso Factop acudieron hasta la Corte de Apelaciones de San Miguel para realizar sus alegatos en la discusión de un recurso de amparo que buscaba restablecer la salida alternativa de suspensión de procedimiento acordada con la Fiscalía, y que fue revocada a finales de agosto.
Los abogados de los exdirectores de la gestora -Andrés Bulnes, Jaime Oliveira, José Correa, Sebastián Cereceda y Andrea Larraín-, su exgerente general -Claudio Yáñez-, y los socios de la matriz, Manuel Bulnes y Felipe Porzio, presentaron sus habeas corpus frente a la entidad.
En los recursos, argumentaron contra la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago, que resolvió revocar la salida alternativa. “El fallo dictado por la Corte recurrida reviste especial arbitrariedad e ilegalidad”, acusaron.
Sin embargo, este lunes, la Cuarta Sala del tribunal de alzada de San Miguel resolvió rechazar los recursos de amparo presentados por los expersoneros de LarrainVial Activos.
Para el organismo, en el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago “no se ha incurrido en la ilegalidad denunciada, pues consta que la decisión de revocar la resolución adoptada por el tribunal de primera instancia, lo fue en virtud de los fundamentos que de forma lata y detallada se expresan en la resolución recurrida, haciéndose cargo extensamente de los planteamientos de las defensas y querellantes”.
El fallo contó con los votos en rechazo de los ministros Celia Catalán y Hernán García.
Consultado por DF, LarrainVial Activos aseguró que la gestora “se encuentra analizando los pasos a seguir” tras el fallo de la Corte de Apelaciones de San Miguel.
Voto disidente
Cabe recordar que la salida alternativa fue revocada por la Corte de Santiago tras alertar la presencia de presuntas víctimas adultos mayores como aportantes del fondo Capital Estructurado I de LarrainVial Activos, el cual es una agravante para los cálculos de posible pena por los delitos que se persiguen y que no fue considerado en el acuerdo para la suspensión de procedimiento.
Este factor generó disidencia en la resolución del tribunal de alzada de San Miguel por parte de la abogada integrante de la Cuarta Sala, Paula Manzo, quien votó a favor de acoger el recurso de amparo de los imputados vinculados a LarrainVial.
Para Manzo, la agravante “no fue invocada en la audiencia de salida alternativa, no teniendo los apelantes -además- la calidad de representantes legales de las dos víctimas adultos mayores, por lo que no concurre agravio”.
A lo anterior, la abogada integrante sumó una falta de fundamentación en la argumentación contradictoria de, por un lado, “al análisis efectuado en la audiencia de suspensión condicional, basado únicamente en atenuantes de responsabilidad penal, que autorizaría la salida alternativa”.