Hacienda se reúne con la industria financiera por impacto de nuevo convenio tributario de la OCDE
Bancos, AFP, fondos mutuos y de inversión conocerán hoy el avance del reglamento que rige la materia. Texto abre debate sobre el secreto bancario.
Por: sebastián valdenegro toro
Publicado: Jueves 1 de septiembre de 2016 a las 04:00 hrs.
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Hasta el Ministerio de Hacienda llegarán hoy representantes de los gremios de cuatro sectores del mercado financiero local: banca, y fondos de pensiones, mutuos y de inversión. ¿La razón? Interiorizarse sobre los pasos a seguir en la implementación de un acuerdo internacional que impactará el negocio de las instituciones financieras a partir del próximo año.
Técnicos de la Asociación de Bancos (ABIF), del gremio de las AFP, la Asociación de Fondos Mutuos y de la colectividad que agrupa a las administradoras de fondos de inversión (Acafi) se reunirán con un equipo técnico liderado por el coordinador de Política Tributaria de Teatinos 120, Ricardo Guerrero, para conocer el proceso de redacción del reglamento que rige el convenio de asistencia mutua administrativa en materia tributaria, firmado por Chile en 2013 y que establece el intercambio de información tributaria -automática y a solicitud- entre el país y alrededor de 98 jurisdicciones.
Desde enero de 2017, los países comenzarán a procesar el intercambio de datos de cuentas financieras de extranjeros no residentes, los que serán transferidos al país solicitante desde septiembre de 2018. Aquello se materializará mediante el Estándar Común de Reporte (CRS, en inglés) que implementarán las entidades financieras para obtener el consentimiento de los clientes para el intercambio.
El CRS tiene una dinámica similar a la Ley de Cumplimiento Tributario de Cuentas Extranjeras (Fatca, en inglés), pero su alcance es más amplio, ya que no se limita sólo a los clientes estadounidenses con cuentas en el exterior.
El reglamento del convenio estaría listo en noviembre. Hoy, los equipos técnicos de Hacienda y el Servicio de Impuestos Internos (SII) se encuentran afinando el borrador del texto. La apuesta de Teatinos 120 es realizar un trabajo “abierto” e “inclusivo” con el sector privado.
Mañana, en tanto, el ministerio recibirá a las cuatro principales auditoras del mercado -PwC, EY, Deloitte y KPMG- para abordar el debido proceso (due diligence) para aplicar el convenio.
El cambio normativo que podría traer
Un tema de discusión al alero del convenio es el tratamiento del secreto bancario. En su artículo 21 N°4, el tratado explicita que ninguna jurisdicción podrá negarse a entregar la información amparándose en que se encuentra en posesión de un banco, aunque -a su vez- indica que el procedimiento deberá llevarse a cabo según la legislación local.
En Chile, para que el SII pueda acceder a cuentas bancarias, debe hacerlo previa autorización judicial.
“Esto cambiará en un futuro no muy lejano, cuando veremos algún proyecto de ley que apunte derechamente a terminar con el secreto bancario”, señala el socio de AK Contadores, Patricio Gana.
Esteban García Nada, de García Magliona, señala que el tratado es claro en no vulnerar el derecho del contribuyente a un debido proceso: “Si bien el Estado no podrá oponerse a proporcionar la información solicitada, ello no obsta a que para dar cumplimiento a dicha entrega observe las formalidades que impone la legislación interna”.
El socio de Bustos & Cía, Claudio Bustos, señala que para evitar discrepancias el gobierno podría analizar modificaciones en materia de secreto bancario: “Es improbable que esto se llegue a materializar, pero podría el Ejecutivo intentarlo”.
El socio de VLA Abogados, Christian Aste, advierte un choque entre la redacción del convenio y la normativa local, lo que “evidentemente” llevaría a la judicialización. “Si el SII entiende que puede excepcionar el secreto bancario sin cumplir las formalidades de la ley tributaria, el contribuyente estará en su legítimo derecho a recurrir a la justicia”.
Para el director de Tax & Legal de BDO y ex subdirector jurídico del SII, Cristián Vargas, no es “legalmente fundado” establecer un cambio en la materia a partir del acuerdo. “Si la administración tributaria sostuviera un criterio semejante, desde luego daría lugar a controversias judiciales”, plantea.
Mientras que Hugo Hurtado, de Deloitte, destaca que el tratado “no obligará a la administración tributaria a llevar a cabo medidas contrarias a la legislación interna”.
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