Finalmente, el gobierno ingresó el proyecto de ley que crea el registro nacional de actos vandálicos e incivilidades, que generó una fuerte reacción de parte de la oposición y que origina 33 faltas o delitos que son sancionados con la inclusión en el padrón. La iniciativa pasó a la Comisión de Ciudadanía de la Cámara de Diputados, mientras el legislador comunista Luis Cuello hizo reserva de constitucionalidad.
La iniciativa, como se sabe, crea un Registro Nacional de Actos Vandálicos e Incivilidades, administrado por el Servicio de Registro Civil e Identificación, que consolida la información sobre resoluciones judiciales recaídas en determinados delitos e infracciones que “afectan gravemente la convivencia, el orden público y el uso adecuado de los espacios comunes”.
Faltas o delitos
El proyecto distingue entre actos vandálicos constitutivos de delito e incivilidades sancionadas por los juzgados de policía local o por los juzgados de garantía. Y en sus artículos consolida 33 faltas o delitos. De hecho, el 5° agrupa 23 “actos vandálicos”: Atentado contra la autoridad, amenazas a autoridades en ejercicio de sus funciones o la perturbación grave de sesiones legislativas o audiencias judiciales; impedimento o perturbación del ejercicio de funciones de autoridad por violencia o fraude; falsa alarma de incendio, emergencia o calamidad pública; homicidio de un fiscal del Ministerio Público o de un defensor público; lesiones o maltrato de obra contra un fiscal del Ministerio Público o contra un defensor público; y, amenazas a un fiscal del Ministerio Público o a un defensor público.
Además, la retención o toma de control de un vehículo de transporte público de pasajeros; interrupción de la libre circulación en vía pública o el lanzamiento de objetos a personas o vehículos en vía pública; explotación o participación en casas de juego de suerte, envite o azar; amenazas a profesionales y funcionarios de establecimientos de salud o educacionales, y a manipuladores de alimentos de establecimientos educacionales; lesiones inferidas a profesionales y funcionarios de establecimientos de salud o educacionales, y a manipuladores de alimentos de establecimientos educacionales; y, usurpación, en caso de que la ocupación hubiere recaído sobre inmuebles fiscales o bienes nacionales de uso público, o sobre un inmueble destinado al desarrollo de actividades de educación parvularia, básica, media o superior.
Continúa con el delito de incendio;
los daños causados en bienes de uso público, medios de transporte público o servicios públicos o domiciliarios; la realización no autorizada de rayados, dibujos, mensajes o expresiones en bienes muebles o inmuebles, públicos o privados; el homicidio de un carabinero; maltrato de obra a un carabinero; uso de artefactos explosivos o incendiarios y el disparo injustificado de armas de fuego; las carreras no autorizadas de vehículos
; tráfico o microtráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas; asociación ilícita para el comercio ilegal; y, daño en un monumento nacional.
Mientras que el artículo 6 añade los delitos de depósito de escombros y otros materiales sin permiso de la Municipalidad o la Dirección de Vialidad; el consumo de bebidas alcohólicas en calles, caminos, plazas, paseos y demás lugares de uso público; expendio de bebidas alcohólicas en contravención a lo dispuesto en los artículos 22 y 43 de la Ley 19.925; elaboración o manipulación de alimentos en la vía pública sin contar con patente municipal; el uso de los servicios de transporte público remunerado de pasajeros sin pagar la tarifa correspondiente; y, el cierre u obstaculización de las vías de acceso a playas de mar, ríos o lagos.
En el artículo 7, en tanto, se detallan la organización o agencia de loterías no autorizadas; la provocación o alteración del orden en espectáculos públicos; y, el daño en bienes públicos o de propiedad particular cuyo importe sea inferior a una unidad tributaria mensual; consumo de drogas en la vía pública.
Sanciones de caer en el registro
Adicionalmente, la propuesta del gobierno detalla 14 “actos vandálicos especialmente graves” -como el asesinato de un fiscal o un defensor público- que, además de las sanciones generales consideradas para los delitos anteriormente listados y detalladas más abajo, no podrán acceder a los beneficios del financiamiento de la gratuidad en la educación superior ni a la Pensión Garantizada Universal (PGU).
Las otras sanciones contemplan la
prohibición de acceder a los procesos de postulación e ingreso a programas habitacionales; prohibición de acceder al subsidio de arriendo; revocación de los permisos precarios o concesiones otorgados a título personal respecto de la persona inscrita en el registro, para el uso o explotación de bienes nacionales de uso público, junto con la prohibición de solicitar nuevos permisos, sin derecho a indemnización;
prohibición de acceder al beneficio de aporte monetario destinado al consumo de bienes y servicios culturales o "Pase Cultural", o su suspensión; inhabilidad para postular como responsable o ejecutor de proyectos a los fondos concursables administrados por el Ministerio de Cultura;
prohibición de acceder a las becas del Programa de Becas de Educación Superior; y, prohibición de acceder a becas de postgrado otorgadas conforme a los programas administrados por la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo y por el Ministerio de Ciencia.
Asimismo, se sancionará con prohibición de acceder a fondos públicos para investigación o innovación correspondientes a concursos financiados por la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo y por el Ministerio de Ciencia; inhabilitación del uso de cualquier pase, tarjeta o dispositivo electrónico que permita el acceso a tarifas rebajadas en el transporte público, tales como la Tarjeta Nacional Estudiantil o el beneficio de tarifa rebajada para adultos mayores; retención del pago de la devolución anual de impuesto a la renta; prohibición de obtener o renovar la licencia de conducir; prohibición de obtener o renovar el pasaporte; suspensión de cualquier exención, subsidio o beneficio de gratuidad o rebaja en el pago de los derechos de aseo domiciliario; prohibición de asistir a espectáculos masivos, espectáculos de fútbol profesional y de ingresar a casinos de juego; y, pérdida de la pensión de gracia.