Este martes, el gobierno ingresó a la Cámara de Diputados la reforma constitucional que incorpora como causal de cesación e incompatibilidad de distintos cargos públicos la detección de estupefacientes o psicotrópicos ilícitos, previo resultado de un test positivo de drogas.
Anunciado el pasado 27 de julio en el palacio de La Moneda por el Presidente de la República, José Antonio Kast, el proyecto fue presentado luego de que hace dos semanas el ahora exsubsecretario de Hacienda, Juan Pablo Rodríguez, presentara su renuncia debido a un test de detección de drogas con resultado positivo.
La iniciativa contempla una modificación al artículo número 8 de la Constitución Política de la República, referente a la probidad. Esta reforma incorpora además la obligatoriedad y periodicidad de los exámenes de detección de drogas, cuyos resultados serán de carácter público.
Además, el proyecto impulsado por La Moneda incluye dentro de los análisis de drogas a las 23 categorías de autoridades de los poderes del Ejecutivo, Legislativo y Judicial, algo que contrasta con lo anunciado por Kast a fines de julio.
Con esto, se incorporarán a los análisis al Presidente de la República; Secretarios Regionales Ministeriales (Seremis); magistrados de los tribunales superiores de justicia; y el contralor general de la República.
Otros afectos a la medida son el fiscal nacional del Ministerio Público y los fiscales regionales; los comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas; el general director de Carabineros; y los directores de la Policía de Investigaciones y Gendarmería.
Según el documento, la detección de sustancias ilícitas constituirá en causal de cesación del cargo, salvo que su consumo se encuentre “justificado por un tratamiento médico debidamente acreditado”.
Así también, la detección de sustancias ilícitas constituirá incompatibilidad con el ejercicio de los cargos de exclusiva confianza del Presidente de la República, consignó el documento.
Asimismo, el proyecto establece una ley “de quórum calificado” que establecerá la forma y los procedimientos para practicar dichos exámenes, su periodicidad, y cualquier otra consideración para su realización, pudiendo incluir a cualquier otro funcionario o autoridad.